Cuando una persona hace un contrato con un prestador de servicio, por ejemplo, un banco, en el documento kegal hay cláusulas, entre las cuales hay algunas que pueden ser abusivas; por ello, te explicamos cuáles son las más comunes.
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¿Qué son las cláusulas abusivas en los contratos?
Las cláusulas abusivas en los contratos son aquellas que derivan en una desventaja para el cliente, por ejemplo, las que aparecen en contratos y los usuarios firman, con alguna entidad financiera, al adquirir un producto o servicio de esa naturaleza, explicó la Condusef (Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros), en su revista Proteja su dinero.
¿Cuáles son las características de las cláusulas abusivas en los contratos?
Para considerar una cláusula como abusiva, debe tener algunas características:
- Que se encuentre en algún contrato de adhesión
- Que se refiera a cualquier término o condición distinta a las tasas de interés o comisiones que se ofrecen
- Que cause un desequilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes, ya sea en daño o perjuicio del usuario
Entre las “más comunes”, están:
- Terminar de manera anticipada el contrato si el usuario no mantiene una relación laboral
- Limitar al usuario su derecho de contratar cualquier otro crédito
- Dar por terminado el contrato por incumplimiento de otros créditos ajenos a la institución financiera
Si reconoces alguna cláusula abusiva en algún servicio que contrataste, puedes denunciar ante la Condusef. Para hacerlo, te puedes comunicar al teléfono: 55 53 400 999, o bien, mandar un correo electrónico a: asesoria@condusef.gob.mx, en donde te podrán asesorar ante este tipo de abusos.
“Recuerda que, antes de contratar un producto y compararlo con el de otras instituciones que lo ofrecen, es muy importante revisar las condiciones del contrato y elegir la opción que más se adecue a tus necesidades”, añadió la Condusef.
- Al reconocer una de estas cláusulas, puedes denunciar ante la dependencia, que ordenará a la institución financiera eliminarla. De no hacerlo, “se le impondrá una multa económica por cada reclamación que proceda”.