Si eres trabajador del Estado y cotizas en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y por alguna razón estás inhabilitado física o mentalmente por causas ajenas a tu trabajo, puedes solicitar la pensión por invalidez temporal o permanente. Ve, a continuación, cómo hacerlo.
No cualquier trabajador del ISSSTE puede tener la pensión por invalidez temporal o permanente, porque el requisito indispensable es que hayas contribuido con tus cuotas cuando menos por 15 años y se cumplan los términos y condiciones que establece la ley del Instituto.
¿Cualquiera puede tener la pensión por invalidez temporal o permanente?
Documentos necesarios
Si cumples con los requisitos anteriores, debes acudir a tu clínica más cercana con los documentos siguientes:
- En original, identificación Oficial (Credencial de Elector o INE vigente, Pasaporte vigente o Cédula Profesional)
- Último comprobante de pago como trabajador en copia
- Estado de cuenta con CLABE interbancaria en original
- Certificado Médico de Invalidez por Enfermedad o Accidente Ajeno al Trabajo expedido por el ISSSTE. Vigencia máxima de dos años
- Los documentos los tienes que presentar en el Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene del ISSSTE más cercano a tu domicilio; el trámite es gratuito.
Tanto el IMSS como el ISSSTE tienen algunas alternativas cuando sufres algún percance, desde accidentes o alguna enfermedad.
ISSSTE tiene diversas opciones de pensiones, como:
- Pensión Retiro Programado: dirigido a pensionados para retirar sus recursos de la cuenta individual mediante retiro programado
- Pensión por Muerte del Pensionado: lo puede realizar un familiar del derechohabiente, ya sean hijos, esposo/a o concubina (rio).
- Pensión por Muerte del Trabajador: también lo puede realizar un familiar y se requerirán documentos como último comprobante de pago, acta de defunción e identificaciones.
Aquí te dejamos la información completa sobre las diversas alternativas tanto del IMSS como del ISSSTE.