Si estás a punto de cumplir los 60 años y cotizaste en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), puedes empezar a tramitar tu pensión, la cual se otorga a los asegurados que cotizaron entre 500 o mil semanas.
Pensión del IMSS
Los asegurados del IMSS en el régimen de la Ley del Seguro Social 1973, deben considerar:
- Tener cumplidos 60 años de edad al momento de presentar la solicitud de pensión de cesantía en edad avanzada y 65 años para la pensión de vejez
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social
- Estar privado de trabajo remunerado
- Haber estado inscrito al amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997
- Tener registradas ante el IMSS un mínimo de 500 semanas de cotización
- Estar vigente en sus derechos ante el Instituto o dentro del periodo de conservación de derechos que prevé la Ley
Los que están en el Régimen de la Ley del Seguro Social 1997, deben tener los siguientes requisitos:
- Tener cumplidos al menos 60 años al momento de presentar la solicitud de pensión y 65 años para la pensión de vejez
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social
- Estar privado de trabajo remunerado
- Tener registradas ante el Instituto un mínimo de mil semanas de cotización
- En dado caso de que el pensionado no reúna las mil semanas de cotización, podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para el otorgamiento de la pensión
- Si el asegurado tiene cotizadas un mínimo de 750 semanas, tendrá derecho a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad
Documentación
Para poder comenzar a realizar el trámite, debes presentar en original y copia:
- Identificación oficial con fotografía
- Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el Infonavit o una Afore, que contenga el Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado o pensionado
- Comprobante de domicilio, siempre que su fecha de expedición no tenga una antigüedad mayor a tres meses previos a la presentación de la solicitud
- Clave Única de Registro de Población (CURP), copia simple o impresión de la misma
- Estado de cuenta, impresión obtenida de la página de internet de la Afore que maneja la cuenta individual o contrato firmado con la Afore
- Constancia de la inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), con homoclave a 13 posiciones
- Documento expedido por la institución de crédito autorizada por el Instituto, dentro de la circunscripción de que se trate, en el cual se identifique el número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada, a favor del solicitante para recibir el pago de la pensión
- Copia certificada del Acta de Nacimiento
¿Dónde acudir a realizar el trámite?
Los trámites podrán presentarse en la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación de adscripción de 8:00 a 15:00 horas, explicó el IMSS.