Seguramente has escuchado a alguien decir que demandará porque alguien le hizo algo o porque fue víctima de un delito, mientras que alguien más le aconseja denuncia en su lugar, pero ¿cuál es la diferencia entre demanda y denuncia y en qué casos aplican ambas? En Unotv.com te decimos.
¿Hay diferencia entre demanda y denuncia?
De entrada, te podemos decir que ambos conceptos coinciden en que buscan la intervención de un tercero, además de la solución a un conflicto a través de una acción reparadora, ya sea la justicia, con el cumplimiento de sanciones de ley, o por una retribución económica o disculpa pública.
Sin embargo, aunque hasta aquí pueden parecer sinónimos, no lo son, y ahí es donde radica la importancia de saber cuál es cuál, pues de eso podría depender si tenemos una solución favorable o no.
Y es que, además de lo que se pide con ambas, se diferencian en a quién se le pide la ayuda, pues demanda es completamente civil y se interpone directamente ante un juzgado, siendo tratado como un asunto entre particulares, ya sean personas o empresas, que buscan la solución o reparación del daño a través de la mediación judicial. En este caso se requiere de un abogado que lleve a cabo los trámites necesarios.
Mientras que, por otro lado, la denuncia busca la intervención del Estado, a través de su fiscalía, ya sea local o la General de la República, pues se llevó a cabo un ilícito, por lo que se trata de un asunto meramente penal. Aquí podemo decir que aplica cuando la ley es la que resultó afectada, a diferencia de la demanda, donde el afectado es un individuo.
Además, a diferencia de la demanda, al interponer una denuncia no es necesaria la intervención de un abogado, siendo ésta hecha en el Ministerio Público, con lo que se iniciará una carpeta de investigación, que la fiscalía determinará si procede o no, según las pruebas que presente el denunciante, así como las que recabe a través de sus propias diligencias.
En este punto, también destaca que, mientras en una demanda se sabe quién es el culpable, si es cierto o no lo determinará el juez, mientras que en la denuncia podría no saberse, siendo otro punto que deberá determinar la investigación judicial.
Claro está, que casos como los homicidios, que se persiguen de oficio, no es necesario interponer una denuncia ni una demanda, siendo tarea de las autoridades indagar de forma automática.
Hay casos, como son los actos de corrupción y otros ilícitos de tipo administrativo, en que la denuncia se inicia en la Oficialía de la dependencia, que será la que, de hallar irregularidades, interponga la denuncia ante la fiscalía correspondiente.
En tanto que, según apunta la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), al ser procesada la denuncia por la autoridad judicial investigadora, ésta se convertirá en una “querella”, interpuesta ante el juzgado, como la demanda, pero por parte de la fiscalía, quien solicita tu intercesión al haberse cometido un delito, cuya carpeta puede comprobar, al igual que la identidad de quien se presume lo habría cometido.