Colectas, propaganda y acoso: 11 cosas que tienes prohibido hacer en tu trabajo

El derecho al trabajo comprende una serie de principios y normas que regulan las relaciones entre trabajadores y empleadores.
Prohibiciones ayudan a identificar situaciones indebidas. Foto: Shutterstock.

Según el Artículo 123, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda persona tiene derecho al trabajo, digno y socialmente útil. Al respecto, la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) explica que el derecho al trabajo comprende una serie de principios y normas que regulan las relaciones entre trabajadores y empleadores, y de ambos, con el Estado. Sin embargo, tanto el trabajador como el patrón tienen ciertos derechos, obligaciones e, incluso, prohibiciones.

Así como los patrones tiene obligaciones enmarcadas en la Ley Federal del Trabajo, como pagar salarios e indemnizaciones, proporcionar a las mujeres embarazadas la protección que establezcan los reglamentos o proporcionar capacitación, los trabajadores tienen prohibiciones en sus centros de trabajo, las cuales te enlistamos a continuación. 

11 cosas que tienes prohibido hacer en tu trabajo 

Como lo señala el Artículo 135, de la Ley Federal del Trabajo, son 11 prohibiciones que tienen los trabajadores durante el desempeño de sus labores, que son:

  1. Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia seguridad, la de sus compañeros de trabajo o la de terceras personas, así como la de los establecimientos o lugares en que el trabajo se desempeñe 
  2. Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso del patrón 
  3. Substraer de la empresa o establecimiento útiles de trabajo o materia prima o elaborada 
  4. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez 
  5. Presentarse al trabajo bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción médica. Antes de iniciar su servicio, el trabajador deberá poner el hecho en conocimiento del patrón y presentarle la prescripción suscrita por el médico 
  6. Portar armas de cualquier clase durante las horas de trabajo, salvo que la naturaleza de éste lo exija. Se exceptúan de esta disposición las punzantes y punzo-cortantes que formen parte de las herramientas o útiles propios del trabajo 
  7. Suspender las labores sin autorización del patrón 
  8. Hacer colectas en el establecimiento o lugar de trabajo 
  9. Usar los útiles y herramientas suministrados por el patrón, para objeto distinto de aquél a que están destinados 
  10. Hacer cualquier clase de propaganda en las horas de trabajo, dentro del establecimiento 
  11. Acosar sexualmente a cualquier persona o realizar actos inmorales en los lugares de trabajo 

Estas prohibiciones ayudarán al patrón identificar situaciones indebidas y actuar rápidamente cuando se susciten. 

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