El lunes 20 de marzo es día festivo debido a que se conmemora el natalicio de Benito Juárez, el Benemérito de las Américas, reconocimiento que recibió por sus triunfos durante la intervención francesa. En México, cada tercer lunes de marzo es un descanso obligatorio, por lo que hay trabajadores a los que se les pide laborar, mismos que preguntan si se paga doble o triple.
De acuerdo con el artículo 73 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso, pero si fuera el caso el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.
¿Se paga doble o triple?
En otras palabras, el trabajador que labore en un día de descanso obligatorio, le corresponde su salario normal diario más el doble, es decir, el triple, y si no se cumpliera así, se puede recurrir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), que cuenta con expertos en materia laboral para ayudarte.
¿Cuáles son días de descanso obligatorio?
También, la Ley Federal del Trabajo estipula en su artículo 74 los días de descanso obligatorio, entre ellos se encuentran:
- 1 de enero
- Primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
- Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
- 1 de mayo
- 16 de septiembre
- Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
- 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
- 25 de diciembre
- El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral
¿Qué hacer si no te pagan el triple si trabajas?
La Profedet se encuentra ubicada en José María Vértiz 211, colonia Doctores, en la Ciudad de México. Si tienes dudas, puedes comunicarte a los teléfonos 800 717 2942 y 800 911 7877 o escribir al correo orientacionprofedet@stps.gob.mx, donde te atenderán para resolver tu caso.