Aunque parezca injusto, como persona económicamente activa tienes la obligación de pagar impuestos por todos los ingresos que recibas. Entre otras cosas, como los servicios que contrates y los productos que adquieras. Si apenas entrarás en el mundo laboral, te contamos en Unotv.com qué impuestos estarás obligado a pagar siempre.
Hay que puntualizar algunas cosas respecto a los conceptos tributarios, pues mientras los impuestos son ordenados en contraprestación por el uso del dinero, el pago de derechos aplica por el uso de servicios oficiales, como al realizar algún trámite o tomar un curso, mientras que la contribución por aprovechamiento se da por el uso de un bien público.
Hablando exclusivamente de los impuestos, éstos se dividen en directos e indirectos, siendo los primeros aquellos que gravan directamente la riqueza de las personas, mientras los indirectos aplican sobre bienes o servicios.
¿Qué impuestos hay que pagar siempre?
En este sentido, una vez que estés inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) estarás obligado a pagar algunos tributos específicos según tu actividad económica y el régimen bajo el cual figuras. En este caso, nos referimos directamente a los impuestos directos.
Y es que ya desde antes de que te registraras ya estabas pagando impuestos directos por todas tus compras. Así como algunos aprovechamientos y derechos. Como cuando acudes a algún museo, te inscribiste en alguna escuela o acudiste a algún parque público con cobro de estacionamiento.
Ahora que, respecto a los impuestos que tendrás que pagar siempre, está:
Impuesto Sobre la Renta (ISR)
Éste se trata de un tributo por recibir dinero, por lo que dependerá de una tasa según tus ingresos mensuales, por lo que podría variar. Aunque la ventaja de éste es que si tienes un patrón fijo, es quien te retiene y paga al SAT lo correspondiente a tu sueldo. Por lo que te evitas la molestia de realizar los pagos y hacer las declaraciones.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Éste es el que has pagado desde antes de ser económicamente activo, pues le suma el 16% de todos los productos y servicios que adquieres. En éste realmente no tienes que hacer nada, pues son los proveedores, ya sea el fabricante, el comercio donde lo compraste o el prestador del servicio, quienes deben recolectar lo correspondiente a este impuesto y pagarlo al SAT.
Aunque dependiendo de tu actividad, podrías tener que pagar. Pues también existe el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), que aplica a la comercialización o importación de bebidas alcohólicas, cervezas, tabaco, gasolina y alimentos con alto contenido calórico, así como el Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN), para la compra, importación o venta de vehículos nuevos.