El Servicio de Atención Tributaria (SAT) dio a conocer que puede bloquear las cuentas bancarias de los contribuyentes que presenten adeudos fiscales, por lo que no podrán acceder a sus recursos depositados en el sistema financiero.
De acuerdo con el SAT, este bloqueo se ejecuta con relación a la cantidad adeudada así como sus accesorios, es decir, recargos, multas y gastos de ejecución.
El SAT reveló que esto se lleva a cabo cuando una vez notificados, se presentan adeudos fiscales y no se interpuso algún medio de defensa. Lo anterior, es cuando el medio de defensa impuesto ha concluido a favor del SAT o cuando se realiza un embargo de bienes y el adeudo fiscal no está garantizado o está garantizado de forma insuficiente.
Una vez bloqueada la cuenta, el SAT enviará una notificación al contribuyente por medio de su buzón tributario o personalmente. Esto, una vez que el SAT cuente con el debido registro del correo electrónico o el domicilio fiscal del contribuyente.
¿Cómo evitar que el SAT bloquee las cuentas bancarias?
Si has presentado adeudos fiscales, debes pagarlos cuanto antes. Y en el caso de interponer un medio de defensa se debe garantizar el pago de los mismos.
También existe la opción de presentar otra garantía para el pago de los adeudos y solicitar que se descongele la cuenta bancaria.
Otros medios para asegurar el pago son:
- Depósito en dinero o carta de crédito emitida por una institución bancaria autorizada
- Prenda o hipoteca
- Fianza otorgada por una institución autorizada
- Obligación solidaria asumida por tercero que compruebe su idoneidad y solvencia
- Embargo en la vía administrativa
- Títulos valor o cartera de créditos del propio contribuyente