El 1 de julio de 2008 entró en vigor la Ley de Impuesto a los Depósitos en Efectivo, que estipulaba la aplicación de un impuesto del 3% a los depósitos en efectivo mayores a los 15 mil pesos. Pero ¿qué ha sido de la normatividad dirigida a las personas físicas y morales, que recibían depósitos en efectivo mediante instituciones bancarias? En Unotv.com, te damos la respuesta.
¿Hay que pagar un impuesto por depósitos en efectivo mayores a 15 mil pesos?
Al respecto, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) recordó que dicha Ley terminó abrogada a partir del 1 de enero de 2014.
Por lo tanto, ya no es obligatorio pagar ese porcentaje de impuestos.
La normatividad vigente establece, en el artículo 55, fracción IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente para 2021:
La obligación para las instituciones que componen el sistema financiero, a informar al Servicio de Administración Tributaria (SAT), anualmente, a más tardar el 15 de febrero, los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes.
Lo anterior, cuando el monto mensual acumulado por los depósitos en efectivo que se realicen en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular en una misma institución exceda de 15 mil pesos, así como de todas las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.
¿Cuándo sí se debe pagar un impuesto?
La misma Prodecon señala que, de acuerdo con el artículo 59, fracción III, del Código Fiscal de la Federación, el fisco puede presumir que tales depósitos son ingresos y valor de actos o actividades por los que se deban pagar contribuciones, cuando:
- Los depósitos de ingresos no son declarados
- Si la autoridad fiscal ejerce sus facultades de comprobación
- Sólo si el contribuyente no sustenta documentalmente en su contabilidad el registro de los ingresos bancarios