El Buzón Tributario permite al Servicio de Administración Tributaria (SAT), comunicarse con los contribuyentes, si eres una persona moral, es necesario tenerlo habilitado.
¿Qué es el Buzón Tributario?
Es un mecanismo que utiliza el SAT para mandar notificaciones o información útil para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de la población.
Asimismo, puedes solicitar información o respuestas a dudas sobre alguna gestión, presentar avisos y realizar directamente trámites.
¿Cómo puedes habilitar tu Buzón Tributario?
Deberás ingresar a la página:
- https://www.sat.gob.mx/home
Dar clic en el botón Buzón Tributario ubicado en la esquina superior derecha del portal e inicia sesión:
- Para las personas físicas: podrán ingresar con contraseña o e.firma
- Para las personas morales: deberán ingresar únicamente con la e.firma
En la parte superior, del menú de accesos rápidos, deberán buscar la configuración (con un logo de una persona) y dar clic.
Aparecerá el formulario de medios de contacto donde colocarás de uno a cinco medios de contacto y un número de teléfono celular.
Al continuar y haber verificado tus datos, el sistema te dirá:
“¿Deseas continuar con el registro de medios de contacto?”
Al aceptar, se habilitará un botón para imprimir el acuse de recibido.
Posteriormente, será necesario que confirmes el o los correos electrónicos y el número de celular ingresado.
La forma de confirmarlo será a través de la información que te envíen a cada correo y al número celular. Dentro del cuerpo del mensaje que te envíen.
En el caso del número telefónico, te mandarán un mensaje de texto con el código de activación, que deberás capturar dentro de tu Buzón Tributario, en la pantalla donde registraste tus medios de contacto.
Ten cuidado de colocarlo correctamente, si lo haces en tres ocasiones de manera incorrecta se bloqueará por 30 minutos.
Los medios de contacto se pueden modificar a fin de actualizarlos o eliminarlos en el momento que lo requieras.
Si tributas bajo el régimen de sueldos y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, deberás realizar la habilitación del Buzón Tributario conforme a lo siguiente:
Contribuyentes que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos por concepto de sueldos y salarios, así como asimilados a salarios iguales o superiores a $400,000.00 pesos, tiene hasta el 31 de diciembre de este año para habilitar el buzón.
Los contribuyentes que hayan obtenido ingresos por concepto de sueldos y salarios, así como de asimilados a salarios en el ejercicio inmediato anterior menores a $400,000.00, tienen la opción de no habilitar el buzón.
Te recordamos que el Buzón Tributario también se puede verificar a través de dispositivos móviles con la información de ingreso utilizada para su activación.