Nueva plataforma digital de Prodecon: la solución para trámites fiscales con el SAT

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) dio a conocer que, a partir del 1 de septiembre de 2024, la recepción de las solicitudes de acuerdos conclusivos y de quejas serán por medio del Sistema Electrónico de Recepción de Solicitudes de Servicios (SERSE).

¿Cómo funciona SERSE de Prodecon?

Esta plataforma simplificará la presentación de las solicitudes aludidas, con la ventaja de recibir un acuse de recepción de forma inmediata y automatizada por la Prodecon tras el ingreso de cada solicitud.

El SERSE ofrecerá un horario de funcionamiento de 9:00 a 23:59 horas. La población contribuyente evitará traslados al realizar el envío vía electrónica de manera fácil y gratuita.

¿Cómo se tramita un acuerdo conclusivo?

Este es un medio de solución de controversias entre el contibuyente auditado y la autoridad fiscal que realiza las actividades de comprobación, se presenta ante la Prodecon vía SERSE (a partir del 1 de septiembre) y en caso de necesitar uno, se pueden seguir los siguientes pasos:

  1. Realizar un escrito libre, en el que se deberá manifestar los hechos u omisiones que se atribuyan y con las que no se está de acuerdo, expresando la calificación que, en su opinión, debe darse a los mismos, en este link encuentras el formato solicitado.
  2. La Prodecon requerirá a la autoridad revisora para que, en un plazo de 20 días, contando a partir del requerimiento, manifieste si acepta o no los términos en que se plantea el acuerdo conclusivo.
  3. Cuando se concluya el procedimiento con la resolución del acuerdo favorable, deberá ser firmado por el contribuyente, por la autoridad revisora y por la Prodecon.

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Si bien, la Prodecon implementó desde diciembre de 2023 el Sistema Electrónico de Recepción de Solicitudes de Acuerdos Conclusivos (SERAC), este se sustituye por el mencionado SERSE a fin de ampliar el área de recepción a quejas y reclamaciones de los contribuyentes.

Así, la solicitud para acuerdo conclusivo puede realizarse por el contribuyente ante la Prodecon en cualquier momento. Esto ocurre a partir del conocimiento de las observaciones realizadas por la autoridad fiscal y hasta 20 días después de la emisión del oficio de observaciones.

El inicio de este procedimiento suspende los plazos de auditoría, desde la fecha de solicitud de inicio por parte del contribuyente hasta la fecha de notificación de cierre de dicho acuerdo, con un plazo máximo de un año.

Se busca que no se judicialicen los asuntos

Por otra parte, la Prodecon señaló que el procedimiento de acuerdo conclusivo es una herramienta útil para alcanzar consensos sin que se judicialicen los asuntos. Con ello evita los costos que representa para ambas partes y el tiempo que pueda durar los juicios.

Prodecon insiste en que este método no constituye instancia y no altera el ejercicio de otro derechos y medios de defensa. Tampoco suspende ni interrumpe los plazos preclusivos, de prescripción o caducidad. Y no entorpece los trámites o procedimientos que lleven cabo las autoridades fiscales.

En caso de que se acredite la actuación u omisión de las autoridades que vulnere los derechos del contribuyente, Prodecon emitirá una recomendación pública no vinculatoria en la que precise las medidas correctivas que deban implementarse para la restitución de los derechos.

Así, a partir del 1 de septiembre dichos trámites sólo podrán presentarse a través del SERSE y presencial, eliminando su envío por correo electrónico.

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