A partir de hoy miércoles, entró en vigor el decreto para sancionar, hasta con siete años de prisión, a quienes dañen, perjudiquen, destruyan u obtengan un lucro interrumpiendo el tránsito del transporte y la operación en los servicios de peaje (casetas), informó la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).
Sanciones por tomar casetas
El decreto reforma el primer párrafo del artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación (LVGC); por ello, habrá sanciones de tres a siete años de cárcel y multas de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) por tomar casetas.
“A quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicación, o los medios de transporte, o interrumpan la construcción de dichas vías, o para obtener un lucro interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje, o total o parcialmente interrumpan o deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte, se impondrá sanción de tres meses a siete años de prisión y multa de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”, se puede leer en el nuevo párrafo.
- El decreto fue publicado este día en el Diario Oficial de la Federación (DOF), y entrará en vigor a partir de mañana.
El documento también fue firmado por el secretario de Gobernación, Adán Augusto López, así como por los presidentes de las mesas directivas de la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores, Sergio Carlos Gutiérrez Luna y Olga Sánchez Cordero Dávila, respectivamente.
En México es constante que pobladores bloqueen casetas de carreteras o lucren con el cierre de algunas vialidades. El famoso “boteo” es utilizado, algunas veces, por los manifestantes para pedir una cooperación económica a los automovilistas.
Sanciones económicas por bloqueo de casetas
A inicios de año, el Inegi (Instituto Nacional de Estadística y Geografía) informó sobre la actualización de la UMA, la cual está en 96.22 pesos, por ello, si eres sancionado con 100, serás acreedor a una multa de 9 mil 622 pesos.
- La sanción puede llegar hasta los 48 mil 110 pesos