Si tienes dudas sobre en qué régimen de pensión cotizaste tu pensión, en Unotv.com te explicamos los dos diferentes que hay en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), encabezado por Zoé Robledo.
¿Cuáles son los dos regímenes del IMSS?
Según la página del IMSS, la Ley del Seguro Social prevé dos tipos de regímenes por los que los asegurados pueden pensionarse; cada uno determina las condiciones que se deben cumplir para el otorgamiento de una pensión.
- Régimen de 1973: te corresponde si comenzaste a cotizar antes del 1 de julio de 1997
En el primero, se debe de tener un mínimo 500 semanas de cotización; dependiendo de la edad en la que te pensiones, te otorgarán un porcentaje de la pensión que te correspondería si esperaras hasta los 65 años de edad.
- Para determinar la pensión se toma en cuenta el salario diario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas (unos 5 años) y tu nivel salarial.
En dado caso de que no cumplas con los requisitos, si tienes 60 años de edad o más, se te entregarán en efectivo los recursos de tu cuenta Afore. En caso de tener recursos de SAR IMSS 92 y SAR INFONAVIT 92, éstos se te entregarán hasta cumplir 65 años.
- Régimen de 1997: Si comenzaste a cotizar a partir del 1 de julio de 1997
En esta modalidad, requerirás un mínimo de 750 semanas de cotización; tener 60 a 64 años en caso de Pensión por Cesantía; tener 65 años en caso de Pensión por Vejez y tu expediente de Identificación de trabajador actualizado.
En el régimen de 1997 existen tres modalidades por las que te puedes pensionar:
- Renta Vitalicia: la pensión la paga una aseguradora
- Retiro Programado: la pensión la paga tu Afore
- Pensión Mínima Garantizada: el Gobierno federal paga la pensión
Pasos para realizar el retiro
- Acude a la subdelegación del IMSS que te corresponda y presenta tu solicitud de pensión
- Una vez entregada tu solicitud, deberás esperar a la resolución
Cuando el IMSS te entregue la resolución deberás acudir a tu Afore para que ésta inicie con el pago de tu pensión.