El Fondo de la Vivienda del ISSSTE (Fovissste) dio a conocer que a partir de este primero de marzo iniciará el proceso de inscripción para el crédito “Raíces”, el cual tendrá un período de registro a partir de este lunes hasta el próximo 31 de agosto.
El crédito “Raíces” se encuentra dirigido a los trabajadores del Estado que deseen construir su vivienda en las zonas rurales-indígenas del país, de acuerdo con el comunicado de prensa difundido por Fovissste, este esquema de crédito ayudará a que los trabajadores se arraiguen en sus lugares de nacimiento provocando la detonación de la economía local.
El crédito deberá ser ejercicio bajo la modalidad de “Construyes tu casa” para terrenos propios, sin embargo con la modificación de las reglas de operación, el beneficiario podrá destinar hasta el 35% del financiamiento para la compra de un predio en caso de no tener uno y usar el restante 65% para la construcción de la vivienda, que deberá ser terminada y entregada en condiciones de habitabilidad en un plazo no mayor a un año.
Con base a la información publicada por el Fovissste, el crédito autorizado se liberará en cuatro ministraciones, las cuales van a ir de la mano con el avance del programa físico-financiero así como el presupuesto presentado, siendo el último pago hasta que la obra esté concluida y en condiciones de habitabilidad.
¿Cuáles son los requisitos para el crédito Raíces?
Entre los requisitos que debe cumplir el trabajador para acceder a este tipo de crédito se encuentran los siguientes:
- Deberá ser el primer crédito hipotecario que obtenga con el Fovissste
- No encontrarse ejerciendo otro crédito o alguna acción de vivienda
- Contar con un mínimo de 9 bimestres de aportaciones a la Subcuenta de Vivienda del Fovissste al momento de la inscripción
Requisitos que deberá tener el predio para crédito Raíces
De acuerdo con el comunicado, el predio también deberá cumplir con ciertas reglas que se presentan a continuación:
- El terreno que se prevé para construir su vivienda deberá encontrarse dentro de los municipios catalogados como zonas indígenas.
- Tendrá que contar con servicios básicos así como no mantener adeudos de impuesto predial.
- No deberá tener ningún tipo de construcción.
- El predio debe ser propiedad del derechohabiente al cien por ciento o, al menos, cincuenta por ciento en régimen de copropiedad, libre de todo gravamen.