Las cuentas bancarias son muy comunes en nuestros días, por lo que no son pocas las personas que tienen acceso a ellas. Pero también es importante resaltar que si no se usan pueden caer en la inactividad y el banco puede cancelarlas.
¿En cuánto tiempo el banco puede cancelar las cuentas?
Una cuenta se considera inactiva cuando en el transcurso de tres años no ha tenido movimiento por depósitos o retiros. En este sentido es importante recordar que, el cobro de comisiones no se considera un movimiento financiero.
Sin embargo, con base en la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros pone énfasis en que las entidades bancarias pueden suspender las cuentas que no tengan actividad de hasta 13 meses, siempre y cuando, no tengan movimientos y su saldo sea igual a cero, es decir, no haya dinero.
En caso de que los cuentahabientes tengan recursos en las cuentas, estas no serán canceladas hasta, como lo indica la Ley de Instituciones de Crédito en el artículo 61, hasta que pasen los tres años.
En ambos casos, no se hace de manera inmediata. Los bancos deben contactar a los clientes y hacerles saber que iniciarán el proceso de suspensión.
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Por otra parte, vale no perder de vista que cada entidad financiera tiene sus propios lineamientos que deben dejar por escrito en tu contrato.
Cancelaron mi cuenta por inactividad, ¿qué pasa con los recursos?
Al cabo de este tiempo el saldo en la cuenta bancaria se va a la cuenta global, la cual incluso, genera intereses mensuales y no te cobra comisiones, aquí el dinero sigue siendo tuyo, pero al pasar tres años más, los recursos se van a la beneficencia pública.
Si transcurren otros tres años más de que fueron depositados los recursos en la cuenta global y no han sido reclamados, ni han tenido movimientos, asimismo que el monto no exceda de 74 mil 679 pesos (o 300 días de salario mínimo vigente en el país -no incluye la zona libre de frontera), serán entregados a la Beneficencia Pública y eso significa que ya no los podrás recuperar.
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Por otro lado, si tu cuenta de ahorro, inversión o cheques tiene más de 300 salarios mínimos vigentes en CDMX, dichos recursos solamente se quedarán en la cuenta global, por lo que el banco no puede transferirlos a la Beneficencia Pública.
En caso de que decidas reclamar el saldo ubicado en la cuenta concentradora o cuenta global, deberás demostrar que eres el titular de dicha cuenta con tu contrato y presentar una identificación oficial, en tu banco.
¿Qué recomienda la Condusef para evitar esta problemática?
- Debes mantener actualizados los datos personales de tu cuenta como son nombre completo y domicilio, así como designación de beneficiarios.
- Revisar de manera periódica tu estado de cuenta.
- Es conveniente tener únicamente las cuentas necesarias para el cumplimiento de tus actividades.
- Informa a tus beneficiarios, de la existencia de dichas cuentas, a fin de que éstos puedan reclamarlos.
- Verifica que el nombre y parentesco de tus beneficiarios estén escritos correctamente en el contrato.