La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) dio a conocer que a partir del mes de octubre los derechohabientes podrán decidir libremente a los beneficiarios de su cuenta Afore.
La Consar señala que las y los beneficiarios legales de los recursos de la cuenta Afore son aquellas personas que tienen derecho a disfrutar de las prestaciones que establece la Ley del Seguro Social, es decir, el o la cónyuge del asegurado o pensionado y en caso de que no exista esta figura, la concubina o el concubinario, así como los hijos o hijas y padres.
La Comisión recordó que “anteriormente los recursos de la cuenta individual que no se utilizaban para la pensión, se entregaban a estas mismas personas beneficiarias, y en ocasiones se tenían que interponer juicios para recuperarlos”.
Beneficiarios de tu Afore tendrán derecho a recibir la pensión
A partir del décimo mes del año, los recursos de la cuenta individual que no se usen para el pago de la pensión o que no tengan algún fin específico, podrán retirarse por los beneficiarios que la persona decida.
Recordó que es muy importante designar a los beneficiarios en la Afore, ya que en caso de que el titular fallezca, estas personas tendrán derecho a recibir los recursos, que en términos de las disposiciones legales, puedan entregarse en una sola exhibición.
La Consar aclaró que a falta de una designación de beneficiarios, la entrega se hará en el orden de prelación previsto en el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo.