La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una jurisprudencia (conjunto de resoluciones judiciales) en la que los bancos deberán pagar intereses moratorios a los clientes de tarjeras de débito cuando se realicen cargos no reconocidos o robo de la cuenta.
Lo anterior se publicó en el Semanario Judicial de la Federación y los cargos no reconocidos, además de retiros no autorizados, tendrán que ser reembolsados por el banco donde el cliente tenga su cuenta.
- Además, en caso que la institución bancaria tarde en realizar el reembolso tiene que “pagar intereses ordinarios y moratorios”.
“La Primera Sala resolvió que cuando el titular de una cuenta de depósito de dinero denuncie cargos no autorizados mediante el uso de tarjeta de débito, la institución bancaria debe retribuir las cantidades retiradas y en caso de no hacerlo, pagar intereses ordinarios y moratorios por el retraso en el que incurra a razón del 6%”.
Primera Sala de la SCJN
En ese sentido, la Primera Sala de SCJN añadió: “Pues el contrato de depósito de dinero el depositario tiene un deber de cuidado sobre el dinero que le entrega el depositante”.
También se señala que si un cliente no reconoce un retiro de dinero, se genera un daño a su patrimonio, y se puede presumir un descuido, y por ende el depositario debe de responder al depositante, “lo que lo coloca en una posición de deudor frente al tarjetahabiente acreedor”.
En estos tiempos de pandemia los delitos cibernéticos han subido, por ello, tanto los clientes como bancos deben de tomar precauciones ante un posible robo de identidad. Los ilícitos se pueden cometer cuando se recibe una llamada falsa por parte de una institución bancaria y se piden datos personales.