Llegamos al primer puente del año, del que podrán disfrutar tanto alumnos como trabajadores, pues el lunes 5 de febrero es considerado día de asueto. Por ello, te adelantamos que, de trabajarlo, te deben pagar triple.
Antes de entrar al tema del descanso, por si no sabes el 5 de febrero se conmemora la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en 1917, en el Teatro de la República de la ciudad de Querétaro.
Por ello, la Ley Federal del Trabajo (LFT) contempla como día de asueto el primer lunes de febrero, con motivo de esta conmemoración, por lo que, en esencia, todos los trabajadores deberán descansar ese día, como también ocurrirá con:
- 18 de marzo (tercer lunes) – Natalicio de Benito Juárez
- Primero de mayo – Día del Trabajo
- 16 de septiembre – Independencia de México
- Primero de octubre – Cambio de poderes
- 25 de diciembre – Navidad
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Con lo que en esta ocasión podrás descansar, ya sea de la escuela o del trabajo, del sábado 3 al lunes 5, retomando tus actividades regulares el martes 6 de febrero de 2024.
¿Cuánto me deben pagar si trabajo el 5 de febrero de 2024?
Aunque este año coincidió que el 5 de febrero con el primer lunes del mes, el asueto siempre será en ese día, sin importar la fecha, mientras que, pese a ser día feriado, la misma LFT apunta que el empleador deberá decidir si descansa a todo su personal o cuántos deberán laborarlo.
Ello, pues en caso de trabajar ese día el patrón deberá pagar al empleado su sueldo normal, más el equivalente a un día doble, por lo que será como si te pagaran dos días extra de tu salario mensual regular. Claro que sólo si lo laboras.
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“En los casos del artículo anterior los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá el Tribunal.
“Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”
Ley Federal del Trabajo
Mientras que la ley no contempla el que te repongan el día de descanso que no tuviste, ya que además de pagártelo extra, tendrás el fin de semana normal.