SCJN niega amparo a Zhenli Ye Gon por posesión ilegal de armas

El Alto Tribunal subrayó que el delito que se le imputa a Zhenli Ye Gon no ha prescrito como lo argumentó en su demanda de amparo. Foto: Cuartoscuro

Con cuatro votos contra uno, los ministros integrantes de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinaron negar el amparo promovido por el empresario mexicano de origen chino Zhenli Ye Gon en contra de su vinculación a proceso por el delito de posesión ilegal de armas de fuego.

“…Amparo en revisión 1042/2019, quejoso y recurrente Zhenli Ye Gon el proyecto propone, primero se confirma la sentencia recurrida, segundo, la Justicia de la Unión no ampara, ni protege a la parte quejosa en contra del artículo 108 del Código Penal Federal, en los términos precisados en esta ejecutoria…”,

Determinó la Secretaría de Estudio y Cuenta de la SCJN.

El Alto Tribunal subrayó que el delito que se le imputa a Zhenli Ye Gon no ha prescrito como lo argumentó en su demanda de amparo, pues este ilícito forma parte de un cúmulo de delitos cometidos como son los cargos de delincuencia organizada y contra la salud, por lo que ese solo hecho tiene mayor peso sobre los plazos de prescripción establecidos en lo individual.

  • La Primera Sala reservó jurisdicción del asunto al Tribunal Colegiado de origen para los efectos legales.
  • Zheli Ye Gon se encuentra preso en el penal del Altiplano en el Estado de México tras ser extraditado de Estados Unidos en el año 2016.

Tribunal niega amparo contra formal prisión

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal negó el pasado 2 de marzo un amparo al empresario mexicano de origen chino y confirmó el auto de formal prisión por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita por un monto que asciende a los 9 millones de dólares.

Los magistrados declararon sin fundamento los argumentos de la defensa de Zhenli Ye Gon, pues determinaron que el auto de formal prisión decretado no violentó el derecho al secreto bancario ni tampoco se encontró el supuesto de que el cliente y ciudadano haya sido juzgado dos veces por el mismo delito.

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