La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la Ley de la Industria Eléctrica. Consideró que busca garantizar la continuidad y seguridad del servicio de electricidad en el país.
“La intención del legislador fue garantizar la confiabilidad y la seguridad del sistema eléctrico a través de, entre otras medidas, el fortalecimiento de la CFE. Sin duda alguna, contar con un acceso confiable, seguro y continuo al servicio de la energía eléctrica, no sólo es un fin constitucionalmente válido, sino que se trata, incluso, de un fin constitucionalmente imperioso”.
Arturo Zaldívar Lelo de Larreaa, ministro presidente de la SCJN
Los ministros Arturo Zaldívar, Yasmín Esquivel y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena respaldaron el proyecto de la ministra Loretta Ortiz, que planteó la constitucionalidad en temas como el despacho de electricidad generada por fuentes tradicionales.
“Las normas impugnadas que modifican el orden de despacho deben reconocerse como válidas por cuatro razones: no impiden la participación de los particulares en el mercado de generación de energía eléctrica; segundo, no desnaturalizan a la CFE y no la blindan de competir con los particulares; tercero, no excluyen a las energías limpias de los requisitos que deben cumplir los agentes económicos”.
Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, ministro de la SCJN
“El texto del marco constitucional vigente en materia energética, que data del año 2013, permitió a los particulares participar en la generación y comercialización de la energía eléctrica de manera conjunta con la CFE, no diferente, no prioritaria, sólo conjunta”.
Yasmín Esquivel Mossa, ministra de la SCJN
Quedó firme la facultad de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) de revisar y revocar permisos de autoabastecimiento, así como los contratos de productores independientes de electricidad.
“La finalidad de la revocación y revisión de los contratos y permisos, respectivamente, es congruente con el artículo 27 constitucional, el cual señala que la nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicta el interés público”.
Loretta Ortiz, ministra de la SCJN
Una sesión que duró 5 horas y media en la que los ministros coincidieron en que su tarea no era pronunciarse sobre el mejor esquema de regulación del mercado eléctrico nacional, sino revisar que éste se ajustara a la Constitución.
“No corresponde a esta Suprema Corte determinar la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, tampoco nos corresponde establecer cuál es el mejor sistema para nuestro país, como órgano de control de la constitucionalidad del orden jurídico, nuestra tarea consiste en constatar que las normas sometidas a escrutinio se apeguen al marco de regularidad constitucional”.
Norma Piña Hernández, ministra de la SCJN
“Para algunos sanear una industria promueve la competitividad, para otros, el modo de hacerlo pudiera desestabilizar las condiciones de confianza necesarias para que esa competitividad florezca”.
Margarita Ríos Farjat, ministra de la SCJN
Al no alcanzarse la mayoría calificada de 8 votos para modificar la norma, la acción de inconstitucionalidad fue desestimada y el decreto de la Ley de la Industria Eléctrica del año 2021 permanece vigente y es obligatorio para el mercado eléctrico nacional.