En un plazo de cinco días, las autoridades de Salud del Gobierno federal deberán modificar el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19, para incluir en el esquema de inoculación a los menores de 18 años, sin importar su estado de salud.
¿Qué dijo el juzgado ante la vacuna COVID-19 a niños?
El Juzgado Séptimo de Distrito, con residencia en el Estado de México, estableció el plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación para que surta efecto el mandato judicial, y en caso de desacato, se presentará una denuncia ante la Fiscalía General de la República por el delito de abuso de autoridad.
La secretaria en funciones de jueza, Claudia Irene Gámez Galindo, determinó que, en caso de que las autoridades sanitarias emitan un acuerdo interno para ordenar abstenerse de recibir promociones, demandas, amparos o requerimientos derivados del mandato judicial, la notificación a las autoridades se realizará a través de los correos electrónicos institucionales.
- El fallo de Gámez Galindo indica que “ningún acuerdo administrativo interno puede estar por encima de las disposiciones que establece la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107, de la Constitución”; además, detalla que “las referidas autoridades están en aptitud de implementar las medidas necesarias a efecto de atender los requerimientos judiciales, como la designación de correos electrónicos”.
En caso de que las autoridades no admitan la notificación por la vía electrónica, un actuario acudirá a la sede de las dependencias a levantar un acta, asentará la negativa de los servidores públicos y tendrá por hecha la notificación.