TEPJF valida reelección de “Alito” Moreno en presidencia del PRI
Con votación de tres a dos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, avaló las modificaciones a los estatutos del Partido Revolucionario Institucional (PRI) que contemplan la reelección de Alejandro Moreno Cárdenas, “Alito”, como presidente nacional de dicho instituto político.
En sesión pública, en modalidad de videoconferencia, Mónica Soto Fregoso, presidenta de la Sala Superior, y los magistrados Felipe Fuentes Barrera y Felipe de la Mata Pizaña, argumentaron que la reelección de dirigentes partidistas es constitucional.
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“Respecto a la disposición relativa a que las personas titulares de la presidencia y la secretaría general electas para los comités ejecutivos nacional y directivos de las entidades federativas duren en sus funciones cuatro años y podrán ser electas hasta por tres periodos consecutivos, y las personas titulares de los comités municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México durarán en su función tres años y podrán ser electos hasta por dos periodos consecutivos, considero que dicha reforma es conforme a Derecho, ya que ni en la Constitución política ni en la Ley General de Partidos Políticos está prohibida la figura de la reelección”, señaló Mónica Soto Fregoso, magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Las tres magistraturas revocaron un acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral que el pasado 12 de septiembre invalidó las reformas a los estatutos del PRI, bajo el argumento de que dichas modificaciones se hicieron cuando aún no concluía el proceso electoral, contraviniendo el Artículo 34 de la Ley General de Partidos Políticos.
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El proyecto discutido en la Sala Superior, impulsado por la magistrada Janine Otálora y apoyado por el magistrado Reyes Rodríguez, buscaba refrendar la determinación del Instituto Nacional Electoral (INE).
“Las reformas a los estatutos fueron sometidas ante el Instituto Nacional Electoral como autoridad administrativa electoral y esta resolvió por mayoría de votos la imposibilidad de realizar dichos cambios antes de finalizar el proceso electoral 2023-2024 el cual, a ese momento, el 7 de julio, aún no había acontecido”.
Janine Otálora / Magistrada TEPJF.
Sin embargo, el proyecto fue rechazado por tres votos de las magistraturas que consideraron que las modificaciones son válidas y otorgan a la militancia priista el derecho a tener una dirigencia firme y con normativas renovadas para enfrentar las elecciones de 2025.
“Lo hizo sin afectar el desarrollo del proceso federal que se encontraba en curso. Finalmente, quiero destacar que, entre la conclusión del proceso electoral federal, el 28 de agosto de 2024, y la resolución del Consejo General del INE, el 12 de septiembre, hubo un plazo razonable para que el INE emitiera un dictamen sobre la validez de las modificaciones estatutarias y eso demuestra que las funciones del INE no se vieron comprometidas, así que las modificaciones aprobadas por el PRI son válidas y no contravienen el artículo 34 de la Ley General de Partidos Políticos”, abundó Felipe Alfredo Fuentes Barrera, magistrado del TEPJF.