La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que los partidos Redes Sociales Progresistas, Fuerza por México y Encuentro Social no lograron el 3% de la votación nacional en los pasados comicios federales, por lo que confirmó la pérdida de los respectivos registros como Partidos Políticos Nacionales.
“La Constitución es bastante clara: aquellos partidos que no obtengan el 3% de la votación, deben perder su registro”.
Felipe de la Mata, magistrado de la Sala Superior del TEPJF.
Al inicio de la sesión, el magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón pidió respeto a la autonomía del órgano electoral jurisdiccional, con lo cual dio respuesta al exhorto de la Cámara de Diputados por el que se pidió no devolver el registro a los “minipartidos”.
“Cada una de las magistradas y de los magistrados de nuestras decisiones que, como colegiados se toman, también expresan su actuar a los principios de imparcialidad, neutralidad, independencia y objetividad”.
Reyes Rodríguez Mondragón, presidente del TEPJF.
Los magistrados analizaron los argumentos de los tres partidos para conservar su registro, entre ellos la situación extraordinaria producida por la emergencia sanitaria de COVID-19 (coronavirus), que repercutió en las prerrogativas, tiempos de radio y televisión y estrategia de los partidos.
Con seis votos a favor y uno en contra, se rechazó el proyecto del magistrado Indalfer Infante González, quien proponía devolver el registro al partido Fuerza por México.
“Se imposibilita la permanencia de partidos que en condiciones ordinarias razonablemente habrían podido conservar su registro, limitando los derechos de los afiliados y reduciendo las opciones políticas de la ciudadanía”.
Indalfer Infante, magistrado de la Sala Superior del TEPJF.
Se reconoció que el criterio del 3% de votación puede ser sometido a consideración por circunstancias extraordinarias; sin embargo, en ninguno de los tres casos se pudo comprobar la afectación de la pandemia para alcanzar los votos requeridos.