La Sala Superior del Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo del Comité Técnico de Evaluación, por el que se negó a la consejera Carla Humphrey la designación del Consejo General del INE para el periodo 2023-2032.
“La prohibición constitucional abarca la Presidencia, al consejero presidente, a las consejeras y consejeros electorales, y equipara que esa reelección, desde el punto de vista constitucional, tampoco permite que una consejería participe en un proceso de designación para la Presidencia”.
Reyes Rodríguez Mondragón, presidente del TEPJF.
TEPJF confirma rechazo de Carla Humphrey a Presidencia del INE
La magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso consideró que no existe alguna prohibición que impida que alguna de las consejeras electorales puedan participar en el proceso de designación de la presidencia del INE, ya que se trata de un cargo distinto al que fueron electos y no una reelección o rotación del encargo.
“La presidencia no es rotativa, la presidencia es nombrada directamente desde la Cámara de Diputados, y en este caso es un nombramiento aparte (…) Si satisface los restantes requisitos constitucionales y legales, estimaría yo que, estarían en posibilidad las demás consejeras que integran el consejo general, aspirar a este cargo de presidencia”, señaló la magistrada del TEPJF.
Sin embargo, una mayoría de cuatro ministros consideraron que los cargos de consejeros electorales y de la Presidencia del INE son por nueve años, sin posibilidad de ocupar un segundo periodo en ninguna de las posiciones.
“Alguien que transcurra más de ocho años en un cargo, y previo a su término de su función acceda a la Presidencia del INE, me parece que el constituyente es claro (…) la finalidad de la norma es precisamente la renovación periódica en orden de los nueve años de forma escalonada, para que dicho órgano siempre esté debidamente compuesto”.
José Luis Vargas Valdez, magistrado del TEPJF.