Ante el panorama que se vive actualmente, muchas personas se han quedado sin empleo, pero para ellas, existe la posibilidad de mantener la cobertura del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) con el Seguro de Salud para la Familia y de Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio.
¿A qué se refiere?
El IMSS puso a disposición de los ciudadanos los trámites vía remota para gestionar este servicio que permite, a aquellas personas que estaban inscritos y perdieron su empleo, a mantener el acceso a los servicios de salud.
Lo que se busca con este seguro es que se siga cotizando a la cuenta individual para seguir acumulando semanas y no perder derechos además de eventualmente mejorar su pensión.
Para hacer tu trámite da click aquí
¿Cómo mantener los servicios del IMSS para mi familia aunque no tenga empleo?
Para poder aplicar el Seguro de Salud para la Familia, se debe continuar realizando las aportaciones a su cuenta individual de retiro, en el caso del seguro de Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio.
¿A qué te da derecho?
Al hacer este trámite, el Instituto Mexicano del Seguro Social permite a un ex trabajador y a su núcleo familiar que continúen con la cobertura en materia de salud.
Es decir, tener acceso a los servicios médicos, quirúrgicos, farmacéuticos, hospitalarios y en general a toda la gama de servicios de los tres niveles que tiene el IMSS.
¿Cuánto debes pagar?
Esta modalidad de aseguramiento se inicia con una solicitud de la persona y se cubre una cuota anual anticipada por cada uno de los miembros de la familia, en función del rango de edades:
- De 0 a 19 años, se pagarían 4 mil 650 pesos
- En el más alto, de 80 años, son 12 mil 750 pesos.
Los requisitos…
Para elegir esta opción se requiere:
- Que el ex trabajador cuente con 52 semanas inscrito al Seguro Social en los cinco años previos a haber perdido el aseguramiento.
- La solicitud se realiza con base en el salario con el que se cotizó o incluso superior, de acuerdo con la voluntad del interesado.
- No deben pasar más de cinco años a partir de la fecha de la baja para poder optar por este mecanismo.
¿Cómo hacer el trámite?
Ambos trámites pueden realizarse a través de medios digitales. Privilegiar los trámites por medio del uso de herramientas digitales evita las aglomeraciones en las subdelegaciones del Seguro Social, en donde también se pueden realizar estos trámites.
Sin embargo, ante la emergencia sanitaria por COVID-19, el Instituto ha optado por privilegiar la realización de los trámites por vías no presenciales, para con ello prevenir contagios entre la población.
Para mayor información sobre estos esquemas de aseguramiento voluntario, el IMSS pone a disposición de los ciudadanos el número telefónico 800 6 23 23 23, con la opción 1, en un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas y sábado y domingo de 8.00 a 14.00 horas.
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