Sigue reforma judicial: SCJN desestima acciones de inconstitucionalidad; elección de juzgadores queda firme

| 17:45 | Ruben Rojas Zenil - Agencias | UnoTV/AFP

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó las acciones de inconstitucionalidad interpuestas en contra de la reforma al poder judicial de la Federación. La elección de juzgadores queda firme y vigente.

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“Se desestiman las presentes acciones de inconstitucionalidad”, señala la resolución anunciada por el máximo tribunal tras más de cinco horas de debate, con lo cual queda en pie la enmienda con la que el Gobierno busca combatir la corrupción, pero que según sus críticos socava la independencia de poderes y dejará a los jueces a merced de criminales.

El proyecto de sentencia planteaba mantener la elección popular de los miembros del Tribunal Supremo, pero no así la de jueces de tribunales inferiores.

acciones de inconstitucionalidad contra Reforma Judicial
No alcanzaron los votos en la SCJN. Foto: Cuartoscuro.

No alcanzan votos para invalidar reforma al poder judicial

El máximo tribunal determinó que para declarar la invalidez de una norma se requiere una mayoría calificada de ocho votos, por lo que se desestiman las acciones de inconstitucionalidad en contra de la Reforma Judicial.

Una mayoría de seis ministros se pronunciaron por reiterar que se requiere una mayoría de ocho votos, en una integración de 11 integrantes del Pleno, para invalidar una norma, en este caso constitucional.

“Es estéril el estudio de fondo”, dijo Juan Luis González Alcántara, autor del proyecto elaborado luego de que dos partidos opositores impugnaran la reforma constitucional aprobada por el Congreso de mayoría oficialista.

Al voto de tres magistradas, consideradas afines al oficialismo, se sumó sorpresivamente el ministro Alberto Pérez Dayán, quien pese a criticar duramente la reforma rechazó declararla inconstitucional. 

“Sería responder a una insensatez llevada irresponsablemente al texto supremo (Constitución), con otra insensatez equivalente”, justificó.

De esta manera, la norma constitucional queda vigente y, por lo tanto, la elección de juzgadores continúa sin cambios.

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