En acatamiento a una sentencia de la Suprema Corte de la Nación, el Senado de la República aprobó la nueva Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, la cual reitera que ningún servidor público podrá recibir una remuneración mayor a la establecida para el presidente de la República.
Con 90 votos a favor y 28 en contra, la ley establece una “remuneración anual máxima” y establece una fórmula para determinar el salario del titular del Ejecutivo Federal y de los servidores públicos donde se tomarán en cuenta elementos como el Producto Interno Bruto per cápita.
La oposición advirtió que esta normatividad incumple el mandato de la Suprema Corte.
“… Esta sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es para acatarse, no para darles la vuelta con simulaciones o aberraciones jurídicas, esta reforma no cumple la sentencia de la Suprema Corte. En esta nueva ley se debieron revisar las regulaciones de los servidores públicos de la administración pública federal, pero no la de los otros poderes y de los organismos autónomos, una vez más se están invadiendo las esferas de autonomía e independencia de los otros Poderes de la Unión…”
Dante Delgado | Senador de Movimiento Ciudadano
Se establecen sanciones hasta por 90 mil pesos, destitución e inhabilitación por hasta 14 años para los servidores públicos que no se ajusten al nuevo tabulador salarial, así como el resarcimiento del daño causado a la Hacienda Pública Federal.
“Al final del día tiene que haber un tope, ojalá no fuera la referencia del presidente, pero lamento decirles eso dice la Constitución, tiene que haber un tope, tiene que haber reglas de cómo se establece y todos lo tienen que cumplir”
Damián Zepeda | Senador del PAN
Advirtieron que la nueva legislación no establece parámetros como el nivel de responsabilidad, la especialización y el riesgo asociado a las funciones, para determinar las remuneraciones máximas.
“… otra vez se vuelve a ofrecer el criterio de una cifra inflexible antes que dinámica, que no admite criterio distinto al vertical orden descendente a partir de lo que se establece, que no conoce de méritos personales, de especialización, de compromiso probado y de permanencia ininterrumpida…”
Claudia Ruiz Massieu | Senadora del PRI
En los parámetros de esta ley quedan exentos integrantes del Poder Judicial, es decir, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y magistrados del Tribunal Electoral.
El dictamen aprobado se remitió al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.