Se publican en el DOF decretos en pensiones, vivienda y maltrato animal
En el Diario Oficial de la Federación (DOF) fueron publicados tres decretos orientados a la pensión a los adultos mayores de 65 años, a la vivienda y al maltrato animal.
Para el caso de los adultos mayores de 65 años y de las personas con una discapacidad permanente se reforma el artículo cuarto.
En el caso de las personas discapacitadas queda estipulada la entrega de una pensión no contributiva.
“La Federación y las entidades federativas garantizarán la entrega de una pensión no contributiva a las personas con discapacidad permanente menores de 65 años, en los términos que fije la ley”.
DOF, edición vespertina 2 de diciembre de 2024.
El decreto señala que a las personas con una discapacidad se les garantizará la rehabilitación y habilitación, dando prioridad a los menores de 18 años.
Decreto de pensión para los adultos mayores de 65 años
Para las personas adultas mayores de 65 años de edad tienen garantizada la pensión en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
“Las personas adultas mayores de 65 años tienen derecho a recibir por parte del Estado una pensión no contributiva en los términos que fije la ley”.
DOF, edición vespertina 2 de diciembre de 2024.
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“El Estado destinará anualmente los recursos presupuestarios suficientes y oportunos, conforme al principio de progresividad, para garantizar los derechos establecidos en este artículo que impliquen la transferencia de recursos directos hacia la población destinataria. El monto de los recursos asignados no podrá ser disminuido, en términos reales, respecto del que se haya asignado en el ejercicio fiscal inmediato anterior”.
DOF, edición vespertina 2 de diciembre de 2024.
Para los campesinos se reforma y adiciona el artículo 27, donde se garantiza un jornal seguro.
“Un jornal seguro, justo y permanente a campesinos que cultiven sus tierras con árboles frutales, maderables y especies que requieren ser procesadas”.
DOF, edición vespertina 2 de diciembre de 2024.
Además, se les otorgará un apoyo y fertilizantes para garantizar los precios de algunos de los productos de la canasta básica.
“Un apoyo anual directo y fertilizantes gratuitos a productores de pequeña escala, y… Un apoyo anual directo a pescadores de pequeña escala”.
DOF, edición vespertina 2 de diciembre de 2024.
Decreto de apoyo al fondo de vivienda para las personas trabajadoras
En el DOF, en materia de vivienda, se adiciona y reforma la fracción XII del Apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Se indica que toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, estará obligada, según lo determinen las leyes reglamentarias a proporcionar a sus personas trabajadoras viviendas adecuadas mediante las aportaciones al fondo nacional de la vivienda para constituir depósitos en favor de sus personas trabajadoras.
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“El fondo establecerá un sistema de vivienda con orientación social para las personas trabajadoras derechohabientes que permita obtener crédito barato y suficiente para su adquisición o mejora; también podrá adquirir suelo y construir vivienda, en los términos que fije la ley”.
DOF, edición vespertina 2 de diciembre de 2024.
Se le dará prioridad a las personas que no cuentan con vivienda propia.
“En cualquier caso, se dará preferencia de acceso a la vivienda en arrendamiento social a las personas trabajadoras que hayan aportado continuamente al fondo y no cuenten con vivienda propia. La ley preverá mecanismos para evitar discrecionalidad o injerencias arbitrarias que limiten el acceso a este derecho”.
DOF, edición vespertina 2 de diciembre de 2024.
Prohibido el maltrato animal
A partir de la entrada en vigor del decreto donde se reforman y adicionan los artículos: tercero, cuarto y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de protección y cuidado animal, el Estado mexicano debe garantizar su protección.
“Queda prohibido el maltrato a los animales. El Estado mexicano debe garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales, en los términos que señalen las leyes respectivas”.
DOF, edición vespertina 2 de diciembre de 2024.
Por ello, se deberán expedir leyes en materia de protección al ambiente, preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como de la protección y bienestar de los animales.