Por no haber reservas al dictamen, el Pleno de la Cámara de Diputados vota, en un solo acto, en el sistema electrónico de votación y la plataforma digital, la reforma a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de Vacaciones Dignas, con la adenda aceptada por la Asamblea.
Quedando aprobado en lo general y lo particular la reforma a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones y se devuelve al Senado de la República para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.
La sesión ordinaria en la que se discutió el tema de las llamadas vacaciones dignas terminó cerca de las 22:00 horas de este jueves, citando a la siguiente sesión el martes 13, a las 11 horas.
Al ser aprobado, el documento será devuelto al Senado, en espera de su inmediata ratificación, dando marcha atrás a la modificación hecha en la Comisión de Trabajo de San Lázaro para que, de los 12 días a los que se amplió el mínimo de vacaciones por año, solamente 6 se pudieran tomar continuos, y el resto, fraccionados, en acuerdo o negociación con los patrones.
El pasado 3 de noviembre, por unanimidad de 89 votos a favor, el Senado de la República aprobó duplicar las vacaciones de seis a 12 días, a partir del primer año de antigüedad. Es la primera modificación de su tipo a la Ley Federal del Trabajo, en más de medio siglo.
Vacaciones dignas
A partir del segundo año y hasta el quinto, se sumarán dos días de vacaciones por cada año laborado para alcanzar 20 días, a partir de seis años de trabajo, se aumentarán dos días de vacaciones por cada cinco años laborados.
¿Cómo quedan las vacaciones?
- Un año = 12 días
- Seis a 10 años laborados = 22 días de vacaciones
- 11 a 15 años laborados = 24 días de vacaciones
- 16 a 20 años laborados = 26 días de vacaciones
- 21 a 25 años laborados = 28 días de vacaciones
- 26 a 30 años laborados = 30 días de vacaciones
- 31 a 35 años laborados = 32 días de vacaciones
Con esta reforma, un trabajador podrá alcanzar hasta 32 días de vacaciones al año, al encontrarse en el supuesto de haber laborado de 31 a 35 años.