¿Qué son los “jueces sin rostro” propuestos en la reforma judicial?
La Cámara de Diputados aceptó incluir la figura de los “jueces sin rostro” en la reforma judicial. ¿Qué son y en qué consiste la iniciativa? En Unotv.com te lo contamos.
¿Qué son los “jueces sin rostro” de la reforma judicial?
La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aceptó crear la figura de los “jueces sin rostro” tras aprobarse, en lo general y lo particular, la reforma judicial.
Lidia García Anaya, diputada de Morena, presentó una modificación al Artículo 20 de la Carta Magna, la cual incluye la nueva figura de los magistrados.
Según la iniciativa, se deberá proteger la integridad de los jueces que resuelvan casos en materia de delincuencia organizada, terrorismo y narcotráfico.
“Se trata de órganos donde los jueces son anónimos, de los cuales no se conocen sus identidades, con el objetivo de salvaguardar su identidad y la de sus familias”, señaló la diputada de Morena.
La figura de los “jueces sin rostro” se ha utilizado en países como Italia, Colombia, Brasil y Perú, quienes actúan en casos vinculados a delitos graves.
¿Quién propuso la figura de los “jueces sin rostro”?
La figura sobre la identidad de los magistrados, quienes se llamarían “jueces sin rostro”, es una propuesta por parte del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Su iniciativa sería incluida en el proyecto a la reforma judicial que se avaló recientemente, en lo general y lo particular, en la Cámara de Diputados.
Alistan paridad de género en PJF
Además de la iniciativa para implementar la figura de los “jueces sin rostro”, se incluyó un cambio en un artículo constitucional para garantizar la paridad de género en algunos cargos del PJF.
La iniciativa señala que, en el caso del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), se podrán elegir hasta tres mujeres y dos hombres.
Por otro lado, la Sala Superior del TEPJF contaría con la designación de hasta dos mujeres y dos hombres.
En las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) será posible nombrar hasta dos mujeres y un hombre por sala.
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Finalmente, en el caso de los magistrados de Circuito y jueces de Distrito, se podrán designar hasta cinco mujeres y cinco hombres.