El Instituto Nacional Electoral (INE) hizo un apercibimiento al presidente Andrés Manuel López Obrador para que “ajuste su conducta”, tal como lo ordenó la Comisión de Quejas y Denuncias el pasado 19 de abril.
Lo anterior, en atención a quejas presentadas por los partidos PRD y Movimiento Ciudadano, con motivo de diversas declaraciones que hizo durante su conferencia de prensa matutina del pasado 16 de abril.
A todo esto, ¿qué es o qué significa un apercibimiento?
En Derecho procesal, es una comunicación emitida por los jueces o tribunales, en la cual se hace un llamado a alguna de las partes implicadas en un proceso judicial de una orden relacionada con el proceso y, al mismo tiempo, se hace una advertencia de las consecuencias que acarrearía dejar de cumplir con lo solicitado en la comunicación.
En un apercibimiento se puede ordenar a una de las partes para que comparezca en juicio en un día y una hora determinada, a la vez que se le apercibe de las consecuencias (negativas) de no presentarse.
- Apercibimiento es el acto y la consecuencia de apercibir, un verbo que alude a reprender, sancionar o advertir.
¿Qué pasa si AMLO no acata las órdenes del INE?
El INE pidió al presidente López Obrador que “ajuste su conducta”, misma que, de no hacerlo, se le impondrá como medida de apremio una amonestación pública.
La conducta denunciada se suma a otros antecedentes y quejas presentadas por diversas fuerzas políticas. Una vez que se obtengan las respuestas a los requerimientos descritos, se enviará el expediente a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), para que sea quien finalmente determine si existió o no desacato a la medida cautelar ordenada.