¿Qué es la reforma al Poder Judicial?; ¿todavía puede ser frenada?
México será el primer país del mundo que elija a todos sus jueces por voto popular, tras ser aprobada en el Congreso de la Unión una reforma al Poder Judicial impulsada por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador.
Una modificación a la Carta Magna que desató una huelga de trabajadores del Poder Judicial, así como opiniones de magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Estados Unidos, Naciones Unidas y organizaciones como Human Rights Watch que la elección por voto popular puede dejar a los jueces a merced de intereses políticos y criminales.
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Pero ¿qué más conlleva la reforma, la cual debe ser aprobados ahora por al menos 17 congresos estatales, la mayoría absoluta de los 32 estados del país, y luego ser publicados en el Diario Oficial de la Federación? En Unotv.com te explicamos.
¿Qué es la reforma al Poder Judicial?
Desde el Poder Ejecutivo se impulsó una enmienda a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos denominada reforma al Poder Judicial, cuya columna vertebral supone la elección de más de 6 mil 500 jueces, magistrados y ministros de la Suprema Corte por voto popular.
Actualmente, los ministros son electos por el Senado de una terna enviada por el presidente, y los magistrados y jueces son seleccionados por el Consejo de la Judicatura Federal.
Entre otras cosas, la reforma disminuirá de 11 a 9 el número de ministros del máximo tribunal, recortará sus mandatos de 15 a 12 años y abolirá el requisito de 35 años cumplidos de edad para ser ministro o magistrado.
Además, ya no será necesario contar con experiencia laboral previa para ser juez y se crea la figura de los jueces sin rostro para casos de delincuencia organizada.
Los ministros de la Suprema Corte no podrán elegir a su presidente, como hasta ahora. La presidencia la ocupará quien obtenga más votos y durará 2 años, desde los cuatro actuales.
También, se creará un Tribunal de Disciplina Judicial para supervisar la conducta de los juzgadores, cuyo funcionamiento ha sido criticado por especialistas, quienes aducen que sus 5 miembros tendrán un trabajo titánico para supervisar una institución de poco más de 50 mil integrantes.
Con la reforma, también se eliminan los fideicomisos judiciales, unos fondos para la jubilación y prestaciones médicas de trabajadores del Poder Judicial que ascienden a cerca de 800 millones de dólares. Sin embargo, se han garantizado las prestaciones de los trabajadores judiciales.
¿Cómo serán elegidos los jueces?
En junio de 2025 se realizará una elección para reemplazar a todos los ministros de la Suprema Corte, miembros del Tribunal de Disciplina, vacantes en la Sala Superior, la totalidad de las salas regionales del Tribunal Electoral y a la mitad de los magistrados y jueces de distrito del país.
En 2027 serán elegidos los cargos restantes.
Aunque aún no se han decidido los detalles de la votación, a fines de agosto la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, presentó un modelo de boleta para 2025 donde cada mexicano podrá elegir a 10 jueces, 10 magistrados, 9 ministros y 5 miembros del Tribunal de Disciplina.
Cada poder -Ejecutivo, Legislativo y Judicial- postulará a 3 candidaturas por cargo. Para jueces y magistrados de circuito, serán propuestos 2 por cargo. La elección será por circuito judicial.
Para valorar los perfiles de todos los candidatos cada uno de los 3 poderes instalará un comité técnico que elegirá a 10 semifinalistas y, luego, aplicará la insaculación para ajustar las postulaciones al número máximo para cada cargo.
Críticos han advertido que el elevado número de cargos a seleccionar -hasta 39- vuelve complicada la tarea de la ciudadanía para conocer a los candidatos -unos 282-, en un proceso electoral donde estará prohibido el financiamiento público o privado de las campañas.
¿Puede ser frenada la reforma al Poder Judicial?
A fines de agosto, una jueza otorgó una suspensión para evitar que la reforma al Poder Judicial sea discutida en la Cámara de Diputados, sin embargo, los legisladores desecharon la medida argumentando que era una “injerencia indebida y grosera”.
La Constitución mexicana establece que es facultad del Congreso reformarla y que los juicios de amparo no proceden cuando se trata de una reforma a la Carta Magna.
A pesar de ello, la presidenta de la Suprema Corte, Norma Piña, planteó a principios de septiembre una consulta al resto de ministros del máximo tribunal para que determinen si es que la entidad puede pronunciarse sobre una petición de magistrados y jueces que solicitaron detener la reforma.