Dos horas con 55 minutos no fueron suficientes para que los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) arribarán a una resolución sobre inaplicar o mantener la prisión preventiva oficiosa en México.
“… No está a discusión la prisión preventiva, está a discusión la prisión preventiva oficiosa, la que se aplica en automático en un catálogo de delitos que están en el artículo 19 (…) Se ha dicho aquí, pues yo no puedo inaplicar el artículo 19, con lo cual lo que estamos diciendo es sí puedo inaplicar el primero, escuché ayer, quién soy yo para arrancar páginas de la Constitución, bueno quizá no para arrancar el artículo 19, pero sí el primero, pero no se trata de arrancar páginas de la Constitución”.
Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN.
Pero una mayoría sí advirtió que no aplicar la prisión preventiva de oficio equivaldría a mutilar la Carta Magna.
“… Se propone que para cuidar la Constitución hay que reconocerla como gangrenada y proceder a amputarla vía la interpretación nosotros mismos (…) Si la prisión preventiva oficiosa ya no equivale a imposición automática de la medida cautelar, sino que oficiosamente la decretará el juez, se observa que es necesaria, no encuentro motivo de invalidez, de inconvencionalidad o de inconstitucionalidad…”
Margarita Ríos Farjat, ministra de la SCJN.
Señalaron que el Poder Legislativo se excedió en la reforma de 2008, que incrementó el catálogo de delitos en los que es obligatoria la prisión preventiva oficiosa, como es el caso de los delitos fiscales.
“… No puede ampliarse la prisión preventiva oficiosa por vía legislativa y que aquí había un claro fraude a la Constitución, en el momento en que el legislador bautiza una serie de artículos, de tipos penales en materia fiscal poniendo un monto mayor de lo defraudado o de la evasión o de la defraudación fiscal, para considerarlo como de seguridad nacional…”
Javier Laynez Potisek, ministro de la SCJN.
A favor del proyecto, la ministra Norma Piña negó que eliminar la prisión de oficio se traduzca en dejar de garantizar la seguridad pública.
“… Es incorrecto aseverar que si se llegara a eliminar la figura de la prisión preventiva oficiosa ello implicaría dejar de garantizar la seguridad pública y cumplir con la legítima demanda ciudadana de vivir en paz, así como castigar a los delincuentes con la fuerza que establece la ley…”
Norma Lucía Piña Hernández, ministra de la SCJN.
Y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena recordó los vicios generados en la impartición de justicia por el abuso de la prisión preventiva oficiosa.
“… Lo que caracteriza a la modalidad oficiosa es precisamente que el juez de control no tiene obligación alguna razonar a la luz de las particularidades del caso y por consecuencia el ministerio público está exento del deber de defender su pretensión…”
Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, ministro de la SCJN.
Vertidos los argumentos de los 11 ministros, el ponente del proyecto solicitó diferir la votación.
“… con el deseo de saber si debo frente a ustedes retirar el proyecto para reelaborarlo, conforme a un criterio que buscaría yo digamos unificado o al menos en un tronco común, o bien votarlo y hacer un proyecto de engrose…”
Luis María Aguilar Morales, ministro de la SCJN.
El asunto será retomado en la sesión del próximo jueves 8 de septiembre.