Pensionados por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deben saber qué pasa con su pensión si aumenta el salario mínimo.
De acuerdo con las leyes del Seguro Social, sólo los trabajadores amparados bajo la ley 73 podrán verse beneficiados con una actualización de la pensión.
[¿YA CONOCES EL CANAL DE WHATSAPP DE UNO TV? Da clic aquí, síguenos y obtén información útil para tu día a día]
Es importante señalar que la actualización del salario mínimo ocurre en México a principios de cada año y en 2024 es de:
- $374.89 pesos para la Zona Libre de la Frontera Norte
- $248.93 pesos para el resto del país
¿Si aumenta el salario mínimo aumenta mi pensión del IMSS?
Sí, pero sólo en algunos casos. Sólo los trabajadores amparados bajo la ley 73 podrán verse beneficiados con una actualización de la pensión conforme al salario mínimo vigente.
“La cuantía de las pensiones por incapacidad permanente será revisada cada vez que se modifiquen los salarios mínimos, incrementándose con el mismo porcentual que corresponda al salario mínimo general”, dice el artículo 75 de esa edición de la ley 73, que también incluye las pensiones de viudez, orfandad y ascendientes del asegurado por riesgos de trabajo.
Por otra parte, si se comenzó a cotizar después del 1 de julio de 1997, se aplica la LSS 97, por lo que la pensión para esos trabajadores incrementará en función del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).
Además, el IMSS ha informado que a los pensionados bajo la modalidad Renta Vitalicia el monto se les ajustará proporcionalmente con la inflación.
Mientras que para los de Retiro Programado, la pensión se recalculará cada año con los recursos que vayan quedando.
[TE PUEDE INTERESAR: Buzón IMSS: ¿qué es y para qué sirve la nueva actualización en la pensión?]
¿A qué edad me puedo pensionar en el IMSS?
A los 60 años para solicitar la pensión de cesantía en edad avanzada y 65 años para la pensión de vejez.
Lo anterior es para los trabajadores bajo el Régimen de la Ley del Seguro Social 1973.
Además, se debe:
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social
- Se encuentre privado de trabajo remunerado
- Haya estado inscrito al amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997
- Tenga registradas ante el Instituto un mínimo de 500 semanas de cotización
- Esté vigente en sus derechos ante el Instituto o dentro del periodo de conservación de derechos que prevé la Ley
Pensión bajo la ley 97:
- Tenga cumplidos al menos 60 años de edad al momento de presentar la solicitud de pensión de cesantía en edad avanzada y 65 años para la pensión de vejez
- Haya causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social
- Se encuentre privado de trabajo remunerado
- Tenga registradas ante el Instituto un mínimo de mil semanas de cotización
Si el trabajador no reúne las mil semanas de cotización y habiendo cumplido 60 años, podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para el otorgamiento de la pensión.
En este aso, si el asegurado tiene cotizadas un mínimo de setecientas cincuenta semanas tendrá derecho a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad.
[TAMBIÉN PUEDES LEER: ¿Cómo solicitar en línea la Constancia de Vigencia de Derechos del IMSS?]
¿Cómo puedo saber si tengo derecho a pensión del IMSS?
Para poderte pensionar, debes tener al menos mil 250 semanas cotizadas
Los solicitantes deben tener a la mano su CURP, Número de Seguridad Social (NSS) y un correo electrónico personal.
Recuerda, las pensiones se dividen en 3 grupos, identifica si perteneces a alguno:
- Pensiones para el asegurado relacionadas con la edad
- Para el trabajador al ocurrirle un accidente de trabajo o padecer una enfermedad
- Para los beneficiarios de un trabajador o pensionado, al momento de su muerte
Las pensiones para el asegurado relacionadas con la edad, comprenden cesantía en edad avanzada, vejez y retiro anticipado.
Las pensiones para el trabajador al ocurrirle un accidente de trabajo o padecer una enfermedad comprenden Incapacidad Permanente Parcial o Total e Invalidez.
[TE PUEDE INTERESAR: ¿Puedo seguir cobrando la Pensión del Bienestar si el titular murió?]
Las pensiones para los beneficiarios de un trabajador o pensionado, al momento de su muerte comprenden viudez, orfandad y ascendientes.
Si el trabajador o beneficiario está dentro de uno de los grupos, debe revisar los requisitos que debe cumplir para presentar su solicitud de pensión.