Si tienes pensado en los próximos días realizar un viaje por alguna de las carreteras y autopistas del país, ten en cuenta esta información, ya que muchos conductores llevan a cabo ciertas prácticas que, aunque parecieran no tener importancia, podrían resultar en la aplicación de una multa o infracción por parte de las autoridades encargadas de la seguridad y asistencia en dichos caminos.
A continuación, en Unotv.com te decimos cuáles pueden ser los motivos (algunos muy raros o impensables) para aplicarte ciertas multas.
Empujón de carro a carro
De acuerdo con el Reglamento de Tránsito de Carreteras y Puentes Federales de México, está prohibida esta práctica que puede ser común ver en las calles de la ciudad: si un automóvil se descompone, el conductor puede llamar a algún conocido para que lo remolque con otro vehículo.
Sin embargo, en carreteras esto está prohibido de acuerdo con el artículo 158 del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, el cual indica que quien lo haga podría hacerse acreedor de una multa de hasta 50 veces la cuota diaria.
¿Qué es la cuota diaria?
Para que hagas las cuentas, la “cuota diaria” es la cantidad en dinero equivalente a un día de salario mínimo: 172.87 pesos. Así, se multiplica esa cantidad por el número de veces que indique la infracción.
Para este tipo de faltas el conductor debería pagar un aproximado de 8 mil 600 pesos.
¿Multa por manejar cansado?
Sí, aunque pareciera increíble, si un agente te detiene y nota que conduces con signos visibles de cansancio, podrían imponerte una multa de 25 a 50 veces la cuota diaria, lo que sería una cantidad desde 4 mil 321 hasta los 8 mil 600 pesos, de acuerdo con el artículo 91.
Se entenderá por cansancio la sensación de sueño o el cansancio físico o psíquico que disminuya la
capacidad del conductor y ponga en riesgo o peligro la seguridad del mismo o de terceros con motivo de la operación del vehículo.
Parabrisas sucios o rotos
El conductor, además de verificar que su carro se encuentre bien mecánicamente antes de salir a carretera, debe evitar tener los parabrisas sucios o rotos, ya que, de acuerdo con el artículo 48, los vehículos que conduzcan con los vidrios sucios o que no cuenten con los “chisgueteros” aptos para realizar su función podrán ser multados con hasta 5 mil pesos.
“El parabrisas, la ventana posterior, las ventanillas y las aletas laterales de los vehículos automotores, deberán: I. Estar libres de cualquier material adherido que disminuya la clara visibilidad del conductor, y II. Estar provistos, el parabrisas y la ventana posterior, de un dispositivo limpiaparabrisas para la
Reglamento de Tránsito.
lluvia, nieve u otra humedad que dificulte la visibilidad”.
Manejar muy despacio
Aunque sabemos que hay multas por ir a exceso de velocidad, también existe una infracción por ir a “exceso de lentitud”; por ello, el reglamento indica que quien circule en carreteras a muy baja velocidad y que represente un riesgo para terceros, podrá ser multado; de acuerdo con el artículo 137, la multa va desde mil 300 pesos para el caso de automóviles.
Los conductores que operen sus vehículos a una velocidad tan baja que entorpezca el tránsito de la vía federal y que lo hagan cuando no existan razones de seguridad para vehículos o peatones o cualquier otra causa justificada para ello, serán sancionados con:
- Multa de 10 a 15 veces la cuota diaria que establece este Reglamento, cuando se trate de
automóviles - Multa de 30 a 40 veces la cuota diaria, cuando se trate
de autobuses - Multa de 20 a 30 veces la cuota diaria, cuando se trate de camiones, camiones remolque, tractocamiones, tractocamiones articulados y doblemente articulados.