El juez Juan Pablo Gómez Fierro del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, concedió la primera suspensión provisional en contra de la Ley de Hidrocarburos, que tendrá efectos generales para la no aplicación del artículo 57.
Dicho artículo faculta a la Secretaría de Energía a realizar la “ocupación temporal, la intervención o la suspensión de cualquier permiso en materia de hidrocarburos”, así como derivar a Petróleos Mexicanos (Pemex) el control de las instalaciones de almacenamiento y la operatividad de los permisos intervenidos.
El juez Juan Pablo concedió la medida cautelar a las empresas:
- Grupo Base Energéticos
- Pharaoh International Products
- Antluc
- Distribuidora de Combustibles Mil
- Dalia Pilar Lamarque Picos
Determinó que la suspensión tendrá efectos generales con el fin de no otorgar a las quejosas una ventaja competitiva frente a las demás empresas, y no ocasionar distorsiones en la industria de hidrocarburos, afectando la competencia y el desarrollo de dicho sector.
El juzgador también suspendió la aplicación de los artículos transitorios que permitían revocar aquellos permisos que, al 5 de mayo de este 2021, no cumplan con los requisitos de almacenamiento de hidrocarburos establecidos por la Secretaría de Energía.
“Porque genera incertidumbre para los permisionarios, pues no tienen certeza de las consecuencias reales que podrían derivar de cualquier incumplimiento en el que incurran”.
Señaló el juez
Indicó que este tipo de sanción puede reducir el número de participantes en las cadenas de valor de los mercados de hidrocarburos, lo cual podría tener un impacto negativo para los consumidores finales.