Incapacidad por maternidad: tiempo, documentos y cómo transferir semanas
Si estás embarazada y laboras, debes conocer cómo obtener tu incapacidad por maternidad. Este proceso te asegura que puedas contar con el descanso adecuado antes y después del nacimiento de tu bebé, así como con los pagos correspondientes.
Tiempo de incapacidad por maternidad
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) otorga un total de 84 días naturales para la incapacidad por maternidad, distribuidos en:
- 42 días prenatales (antes del parto)
- 42 días postnatales (después del parto)
Además, tienes la opción de transferir de 1 a 4 semanas del periodo prenatal al postnatal, previa autorización de tu médico y tu patrón.
Documentos necesarios para incapacidad por maternidad
Para tramitar tu incapacidad por maternidad, necesitarás presentar los siguientes documentos:
- Identificación oficial vigente con fotografía (INE, pasaporte o cédula profesional)
- Documento con tu Número de Seguridad Social
- Estudio de ultrasonido con una antigüedad no mayor a 5 semanas (en caso de atención médica externa)
- Solicitud de transferencia de semanas (si decides transferir semanas del periodo prenatal al postnatal), con dos originales firmados por tu patrón
Además, Unotv.com investigó qué documentos adicionales te piden para el proceso, tómalo en cuenta para no ir en repetidas ocasiones:
- Carta patronal con fotografía y sello de la empresa en la foto, debe contar con los datos de la empresa (dirección y teléfono), así como datos de la paciente (domicilio), con firmas en original
- Comprobante de domicilio a nombre de la paciente, no mayor a 3 meses
- Cartilla Nacional de Salud
- Acreditamiento de cuenta bancaria
Transferencia de semanas prenatales al postnatal
Si deseas transferir semanas del periodo prenatal al postnatal, deberás:
- Formato de transferencia (se descarga en internet) con firmas y sellos de autorización por la empresa
- Copia de la cédula profesional del médico ginecólogo particular
- Copia de identificación oficial del médico ginecólogo particular
Procedimiento según el tipo de atención
- Si decides atenderte con médico externo:
- Deberás acudir a tu médico familiar del IMSS dentro de la semana 34 de gestación. Este certificará tu embarazo y te expedirá el certificado único de incapacidad por maternidad.
- Si decides atenderte en el IMSS:
- Deberás acudir al médico familiar en cuanto sospeches que estás embarazada. Este te programará para las citas necesarias durante tu embarazo y expedirá tu incapacidad en la semana 34.
Pago del subsidio de incapacidad por maternidad
Podrás recibir el pago de tu subsidio por incapacidad de dos formas:
- Personalmente en un banco autorizado: Presenta la copia del certificado único de incapacidad y tu identificación oficial
- A través de tu nómina: Si tu empresa tiene convenio con el IMSS, entrega el certificado en Recursos Humanos
Este subsidio será pagado en una sola exhibición y puedes consultar los requisitos directamente con el IMSS.
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Beneficios adicionales como trabajadora asegurada
Además de la incapacidad por maternidad, si eres trabajadora asegurada tienes derecho a:
- Dos descansos extraordinarios al día de 30 minutos cada uno para amamantar, por 6 meses
- Una canastilla con artículos de cuidado para tu bebé
- Atención médica gratuita durante tu embarazo y postparto