El paso de la Guardia Nacional al ministerio de Defensa había sido aprobado por la mayoría oficialista en el Congreso en septiembre pasado. La decisión fue rechazada por Naciones Unidas que la consideró un “retroceso” para una seguridad ciudadana basada en los derechos humanos.
La SCJN anuló la reforma legislativa que otorgó a la Secretaría de Defensa (Sedena) el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional, de 130 mil integrantes.
El fallo señala que la transferencia viola el artículo 21 de la Constitución, que ordena que la Guardia Nacional sea una institución de carácter civil adscrita a la Secretaría de Seguridad Pública.
La decisión fue tomada por una mayoría de ocho votos contra tres es vista como una victoria para aquellos que argumentan que la militarización de la seguridad pública en el país es contraria a la Constitución.
¿Cómo fue creada a Guardia Nacional?
La creación de la Guardia Nacional fue una de las primeras iniciativas del gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador, quien buscaba mejorar la seguridad pública en el país, que ha sido afectada por altos niveles de violencia y criminalidad. La Guardia Nacional se estableció en 2019 y está compuesta principalmente por miembros de las fuerzas armadas, incluyendo la SEDENA y la SEMAR. La ley que regula su operación establecía que estaría bajo control administrativo, operativo y funcional de la SEDENA y la SEMAR.
La sentencia de la SCJN argumenta que esta disposición es inconstitucional porque viola el principio de división de poderes y la separación de funciones entre las fuerzas armadas y las fuerzas civiles. Según la Constitución mexicana, la SEDENA y la SEMAR son instituciones militares que tienen un papel específico en la Defensa Nacional, mientras que las fuerzas civiles, como la policía, tienen la tarea de mantener el orden interno y garantizar la seguridad pública.
Al estar bajo el control de la SEDENA y la SEMAR, la Guardia Nacional estaba sujeta a una dualidad que violaba este principio. Ya no puede haber una dualidad donde son elementos de la Guardia Nacional, pero conservan el cargo al interior de la Sedena o de la Marina, y tampoco el secretario general de la de la Defensa puede nombrar al titular de la Guardia Nacional. Entonces, esto perfila más a un mundo civil
Dr. Javier Cruz Angulo, abogado constitucionalista
SCJN declara inconstitucional transferir Guardia Nacional a Sedena
La sentencia de la SCJN ha sido celebrada por organizaciones de Derechos Humanos y otros grupos que han argumentado que la militarización de la seguridad pública en México ha llevado a violaciones de los derechos humanos y ha perpetuado la impunidad de los crímenes cometidos por las fuerzas de seguridad. Sin embargo, también ha sido criticada por algunos que argumentan que la Guardia Nacional ha sido efectiva en la lucha contra la delincuencia y que ahora habrá una falta de coordinación y confusión en su operación.
El fallo de la SCJN significa que para que la Guardia Nacional pueda cumplir su función como una fuerza de seguridad pública civil, se requerirán cambios en su estructura y operación. El presidente López Obrador ha anunciado que buscará una reforma constitucional para lograrlo, aunque la falta de mayoría en el Congreso.
La Corte ha recibido críticas en el pasado por su falta de independencia y su supuesta cercanía al poder político, por lo que la decisión en este caso será vista como una prueba importante de su autonomía e imparcialidad.