La Fiscalía General de la República (FGR) no tiene impedimento legal para continuar con el proceso de extinción de dominio de la residencia de Lomas de Bezares, propiedad del exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya Austin.
El Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materias Civil, Administrativa y Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones revocó la resolución del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio a cargo de Ana Lilia Osorno, quien había declarado improcedente aplicar la Ley Nacional de Extinción de Dominio, bajo el argumento de que dicho ordenamiento es vigente desde 2019, mientras que la propiedad fue adquirida en el año 2012, cuando el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita no estaba previsto en la Constitución.
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Sin embargo, al resolver el recurso de reclamación interpuesto por la FGR, por unanimidad el Tribunal Colegiado respaldó el proyecto de la magistrada Monserrat Cid Cabello, quien fundamentó su resolución en que el artículo sexto transitorio de la Ley Nacional de Extinción de Dominio establece que la norma es aplicable desde su publicación para los delitos contemplados en ella, sin considerar que los bienes hayan sido adquiridos con anterioridad.
La defensa jurídica de Emilio Lozoya aún puede presentar un juicio de amparo para combatir la resolución del Tribunal Colegiado.