El pasado 24 de agosto, un juez con sede en el Centro de Justicia Federal ubicado en el municipio de Almoloya de Juárez, Estado de México, desechó la solicitud de la FGR, encabezada por Alejandro Gertz Manero, con la que se buscó la detención de 31 científicos e investigadores.
El juez señala en su negativa que la empresa privada que crearon, autorizaron y fondearon servidores públicos del Conacyt, para después incorporarse a ella; y en la que ellos mismos utilizaron recursos federales destinados a la investigación científica para favorecer a dicha empresa privada en su compra de muebles, vehículos, inmuebles, salarios y servicios directos, no es un hecho delictivo, en razón de que el Foro de Consulta señalado en el estatuto del Conacyt, lo autoriza.
La solicitud de orden de aprehensión a diversos exfuncionarios del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), se presentó por delitos patrimoniales en contra del erario público.
- La FGR no acepta el criterio emitido por el juez e informa que se volverá a solicitar la orden de aprehensión, explicando con toda claridad lo que se considera un hecho delictivo patrimonial imputable a dichas personas, así como las pruebas que lo acreditan.
La FGR intentará esta instancia y todos los recursos procedentes que tenga esta institución para la defensa de los intereses de la Federación, frente a delitos de carácter patrimonial.
La Fiscalía explicó que un estatuto interno emitido ad-hoc por los propios funcionarios del Conacyt, no puede ir en contra de lo señalado por la Ley de Ciencia y Tecnología y por la Ley Orgánica del propio Conacyt, que son obligatorias para ellos, y que consideran al Foro como un órgano interno de esa Institución, y no permiten, en modo alguno, que dicha dependencia pueda convertirse en una empresa privada, que obtenga sus fondos, sus beneficios, recursos y salarios del presupuesto público destinado a la investigación científica, utilizando dicho estatuto en contra de las leyes ya señaladas, que son de jerarquía superior y obligatoria.