El Ministerio Público Federal inició una investigación contra Joaquín Guzmán López, hijo de Joaquín Guzmán Loera, el “Chapo” Guzmán, por su presunta participación en actos de traición a la patria, luego de que presuntamente entregó a Ismael “Mayo” Zambada, cofundador del Cártel de Sinaloa, a las autoridades de Estados Unidos.
La investigación se centra en la privación ilegal de libertad de Ismael Zambada en territorio mexicano y su posterior traslado a Estados Unidos, hecho que califica como traición a la patria, según el artículo 123 del Código Penal Federal.
Las pruebas que podrían acreditar este delito se encuentran en Estados Unidos y están relacionadas con un vuelo ilegal, un avión de matrícula clonada y una conducta irregular del piloto que ocultó información hasta llegar a la frontera, donde notificó su aproximación y aterrizaje en territorio estadounidense, donde ya lo esperaban.
El artículo 123 del Código Penal Federal establece que se impondrá prisión de 5 a 40 años a quien cometa traición a la patria. Esto incluye al que prive ilegalmente de su libertad a una persona en México para entregarla a las autoridades de otro país.
Esta normativa es la base de la investigación que el Ministerio Público Federal inició en relación con el caso de Joaquín Guzmán López e Ismael Zambada.
Información solicitada al Departamento de Justicia de Estados Unidos
- Documento de autorización previa de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) del vuelo en que llegaron Joaquín Guzmán López e Ismael “Mayo” Zambada.
- Documento de la información anticipada sobre los pasajeros (API).
- Informe del sistema de seguridad de radares de los Estados Unidos, en la zona fronteriza con México.
- Constancia de las autoridades migratorias sobre la recepción de ese vuelo en el aeropuerto de Santa Teresa, Nuevo México (pilotos, pasajeros, pasaportes, visas vigentes).
- Constancia de aduanas sobre identificación y revisión de personas y pertenencias.
- Datos de identificación del piloto.
- Número de matrícula que llevaba el avión al momento del aterrizaje, legalidad y origen de la matrícula.
- Identificación de la aeronave.
- Registros aeronáuticos de la FAA (Federal Aviation Agency), sobre la matrícula y serie de la aeronave, incluyendo análisis histórico.
- Si el número de serie que aparece en la puerta de la aeronave, así como la matrícula N287KA, son los legales; y si históricamente le corresponden hoy en día a esa aeronave, o si existe alguna irregularidad al respecto.
- Número de serie real de dicha aeronave; y si existió cambio de alguna pieza en que se haya modificado dicha serie.
El Gobierno de México, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, ha solicitado formalmente esta información al Departamento de Justicia de Estados Unidos.
Ubicación de la pista y vuelo clandestino
En este sentido, fuentes de inteligencia de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), de la FGR, obtuvieron datos relevantes sobre la ubicación de la pista cercana a Culiacán, así como detalles sobre el despegue y el vuelo clandestino de una aeronave que no fue informada dentro del territorio nacional.
También se ha registrado la aprobación que dicha aeronave obtuvo para aterrizar en territorio estadounidense. Esta información será divulgada conforme se complete el proceso de diligenciamiento, informó la FGR en un comunicado.
Investigación sobre el Homicidio de Héctor Melesio Cuén Ojeda
El 19 de julio, la FGR obtuvo información sobre el homicidio de Héctor Melesio Cuén Ojeda, exrector de la Universidad Autónoma de Sinaloa, quien fue asesinado el mismo día en que Ismael Zambada y Joaquín Guzmán López llegaron a EU.
Las observaciones de la AIC-FGR sobre el caso son las siguientes:
- Que en la necropsia no se establecen, de forma correcta, los signos cadavéricos inmediatos, temperatura, signos tanatológicos, livideces, ni la descripción correcta y evolución que tuvo el cuerpo.
- Que el cuerpo tiene un fuerte hematoma en la cabeza.
- Que el cuerpo recibió cuatro disparos en las piernas.
- Que el video de la gasolinera tiene sonido y sólo se escucha un disparo.
- Que los tres empleados de la gasolinera no refieren haber escuchado disparos.
- Que no se identifica con precisión la fisionomía de los ocupantes de la camioneta.
- Que no hay mecánica de hechos del evento.
- Que no se procesó criminalísticamente el lugar de los hechos, ni el vehículo.
- Que, habiendo manchas de sangre humana en la batea de la camioneta, no hay ni peritajes, ni determinaciones al respecto.
- Que tampoco se cumplieron, por parte de todas las autoridades involucradas, las medidas de preservación del cuerpo, permitiéndose una incineración que es contraria a las prácticas criminalísticas sobre investigación de homicidios.