Entran en vigor reformas a la Ley del Infonavit y la Ley Federal del Trabajo
Este sábado entra en vigor la reforma que adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vivienda con orientación social.
Entra en vigor un día después de publicado en el DOF
El pasado 1 de febrero el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen, el cual fue publicado el viernes 21 de febrero en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y el cual entra en vigor un día después de su publicación, en Uno TV te explicamos en qué consiste.
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Con la reforma, se plantea la construcción, reparación, ampliación o mejoramiento de sus viviendas, además de coordinar, financiar, ejecutar o invertir en programas de construcción y administración de viviendas destinadas a ser adquiridas en propiedad o en arrendamiento social por las personas trabajadoras.
También podrá otorgar en arrendamiento social los inmuebles que se construyan o que sean bienes recuperados.
Para la construcción de viviendas, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), constituirá una empresa filial en términos de la legislación mercantil.
A pesar de todo, esta filial del Infonavit deberá contribuir al cumplimiento de los objetivos y políticas de orden público e interés social del Instituto.
El Infonavit deberá cuidar que sus actividades se realicen dentro de una política integrada de vivienda y desarrollo urbano, sin dejar de lado los criterios ambientales, sociales y de Gobierno corporativo, lo que le da la posibilidad de coordinarse, no solo en los sectores públicos, sino también con el privado y el social.
Se señala que, las aportaciones de las personas empleadoras a las subcuentas de vivienda son patrimonio de las personas trabajadoras y en su conjunto conformarán el Fondo Nacional de la Vivienda.
Cambios que deben saber los trabajadores
- Al cumplir un año de cotización continua, los trabajadores derechohabientes también tendrán el derecho de participar en el programa de arrendamiento social de vivienda construida o administrada por el Instituto que se encuentre cerca de su centro de trabajo, y a participar en los programas de opción de compra de dichas viviendas.
- Para los esquemas de arrendamiento social, las personas trabajadoras derechohabientes tendrán derecho a utilizar su subcuenta de vivienda como mecanismo de garantía.
- Cuando una persona trabajadora hubiere recibido crédito del Instituto y este tenga conocimiento de que ha dejado de percibir ingresos salariales, le otorgará prórrogas en los pagos de la amortización que tenga que hacer por concepto de capital e intereses ordinarios, con efectos retroactivos a la fecha en que se suscitó la pérdida del ingreso referido. Durante dichas prórrogas no se generarán intereses ordinarios. Las prórrogas que se otorguen no podrán ser mayores de doce meses cada una, ni exceder en su conjunto más de veinticuatro meses y terminarán anticipadamente cuando la persona trabajadora inicie una nueva relación laboral.
- En caso de que hayan transcurrido 30 años contados a partir de la fecha de otorgamiento del crédito, el Instituto lo liberará del saldo pendiente, excepto en caso de pagos omisos de la persona trabajadora o por prórrogas concedidas.