Si crees que, revisando el celular o el correo de tu pareja, y hallando mensajes sobre alguna infidelidad, tendrás pruebas para solicitar un divorcio, piénsalo de nuevo. Aunque así pongas en evidencia que las fallas de tu matrimonio, podría serte contraproducente, y en Unotv.com te decimos el porqué.
De entrada, el Código Civil Federal (CCF), en su capítulo X establece las 20 causas por las que un cónyuge puede solicitar ante un juez el divorcio de su pareja de manera unilateral a través de un juicio ordinario civil.
Y es que en cuanto a la disolución de un matrimonio hay dos formas: a través de un juicio ordinario civil, en el que uno de los dos es quien hace la solicitud formal, y el especial, en el que ambos se presentan en el juzgado y hacen su petición. Éste último, tarda menos de un mes y es el comúnmente conocido como divorcio exprés.
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¿Puedo divorciarme presentando los mensajes de infidelidad de mi pareja?
Como ya mencionamos, según el CCF, para un juicio ordinario civil de divorcio, en el que el cónyuge afectado pide la separación formal, existen 20 causales que podrán argumentarse durante el procedimiento para que el juez dicte a favor de éste:
- Adulterio debidamente probado
- Nacimiento de un hijo ilegítimo concebido antes del matrimonio
- Propuesta del marido para prostituir a su mujer (o la obtención de una remuneración previa)
- Incitación a la violencia por parte de un cónyuge para cometer algún delito
- Actos inmorales de un cónyuge para corromper a los hijos (o tolerancia a esa corrupción)
- Sífilis, tuberculosis, o cualquiera otra enfermedad crónica o incurable, contagiosa o hereditaria
- Enajenación mental incurable
- Separación de la casa conyugal por más de 6 meses sin causa justificada
- Separación del hogar por una causa bastante para el divorcio
- Declaración de ausencia legalmente hecha, o presunción de muerte
- Servicia, amenazas o injurias graves
- Negativa a dar dinero para el sostenimiento del hogar, alimentación y educación de los hijos
- Acusación calumniosa por un delito que amerite al menos 2 años de prisión
- Comisión de un delito no político pero inflamante que amerite 2 años de prisión
- Hábitos de juego, embriaguez o uso indebido de drogas enervantes
- Actos punibles contra el cónyuge o sus bienes, que amerite un año de prisión
- Mutuo consentimiento
- Separación de más de dos años, independientemente del motivo
- Conductas de violencia familiar al cónyuge o los hijos
- Incumplimiento injustificado de medidas de autoridades para corregir actos de violencia familiar
Mientras que en este tipo de procedimiento sólo el cónyuge afectado puede pedir el divorcio, y siempre y cuando no haya otorgado el perdón a su pareja por ese acto. Ojo, si tú fuiste quien incurrió en uno, como una infidelidad, no puedes pedir el perdón de tu pareja interponiendo tú el divorcio.
¿Los mensajes y correos de infidelidad son motivo de divorcio?
Ahora bien, aunque al iniciar el juicio debes aportar evidencias que justifiquen las acciones que alegas, como el adulterio de tu pareja, no puedes simplemente revisar su teléfono e imprimir esos mensajes, pues ahora tú estarías incurriendo en un ilícito.
Si sabes que hay comunicaciones ahí, es el juez quien debe ordenar el acceso, no sólo por el derecho a la privacidad, sino también por la cadena de custodia que debe garantizar todo proceso judicial.
Justo sobre este tema se refirió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en cuya Primera Sala los ministros rechazaron el recurso de un hombre contra la orden del juez para ser él quien dé pensión alimenticia a su exesposa, quien además se quedó con la custodia de los hijos. Aunque por otra parte, la separación procedió, pues ambos estaban de acuerdo con ésta.
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El caso en la SCJN:
Tras 16 años de casados, una pareja solicitó el divorcio exprés en 2007, pero el recurso caducó antes de llegar a una sentencia definitiva. Después, en 2008 el marido demandó el divorcio en un juicio ordinario argumentando:
- Adulterio
- Separación del domicilio conyugal
- Sevicia, amenazas o injurias graves
- Grave o reiterado maltrato físico o mental
Por ello, aparte de la separación pedía quitarle la patria potestad, custodia definitiva y pensión alimenticia de sus cuatro hijos, indemnización por daños y perjuicios, revocación de donaciones y declararla impedida para casarse con quien fue infiel, en este caso, su instructor de golf.
Asimismo, el marido acudió ante una Notaría Pública que dio fe de que en la casa había una computadora desde la que se podía entrar al correo electrónico de ella y de donde éste imprimió más de 300 mensajes con conversaciones entre la mujer y su instructor, que el juez determinó que no sustentaban el adulterio y los demás argumentos, dándole a ella la custodia de los hijos y ordenándole a él dar la pensión alimenticia de los hijos.
Por ello, pidió la revisión del caso, obteniendo algunos recursos en contra, con lo que al final llegó a la Suprema Corte, en donde se evidenció que entre los argumentos a favor de la mujer estuvo la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su derecho a no “ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente”.
La resolución del caso
De igual forma, tanto en el proyecto como en su discusión se determinó que no sólo no se había garantizado la cadena de custodia, pues el perito que recibió las copias no podía determinar que las conversaciones no hubieran sido modificadas, sino que también se trataban de comunicaciones interceptadas.
Con ello, el marido violó el artículo 16 de la Constitución, al molestar a su entonces esposa en su persona y bienes al haber ingresado a su cuenta de correo sin obtener el permiso, además de vulnerar la contraseña de ella.