Diputados aprueban, en lo general, la primera ley secundaria de la reforma judicial

| 18:47 | Ruben Rojas Zenil - Ruben Rojas Zenil | Uno TV
Diputados aprueban en lo general la primera ley secundaria de la reforma judicial
Diputados aprueban ley secundaria de reforma judicial. Foto: Cuartoscuro

Con 336 votos a favor y 123 en contra, la Cámara de Diputados aprobó, en lo general, el dictamen que reforma la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación (PJF).

Durante la sesión, la diputada Dolores Padierna Luna, en funciones de la presidencia de la Mesa Directiva, informó que se reservaron para discusión particular varios artículos, entre ellos el 1, 2, 3, 30, 45 y otros hasta el 535, así como varios artículos transitorios del proyecto de decreto.

MC presentará inconstitucionalidad en contra de la reforma judicial

El coordinador de la fracción parlamentaria de Movimiento Ciudadano en el Senado, Clemente Castañeda, informó que su partido político presentará una acción de inconstitucionalidad en contra de las leyes secundarias de la reforma judicial y, en particular, del proceso de insaculación realizado para la elección de juzgadores en 2025.

“Todos estos procedimientos que se han hecho sobre las rodillas, empezando por la propia reforma, son impugnables. Aprovecho para anunciar que el día de mañana Movimiento Ciudadano, como partido político, presentará también una acción de inconstitucionalidad, y creo que la Corte tendrá que empezar a decidir sobre todas las impugnaciones que se presentarán a lo largo de estos días”.

Clemente Castañeda Hoelfich, coordinador de Movimiento Ciudadano en el Senado.

El integrante del partido naranja señaló que existen diversas irregularidades, tanto en la aprobación de la reforma como del proceso de insaculación.

“En la práctica, una reforma que tiene alto contenido electoral, tan es así que lo que se reformó en esa reforma judicial fue justamente la legislación electoral y los mecanismos de impugnación. El acuerdo que le da origen a esta insaculación está viciado; digamos, es una medida que le da continuidad al proceso de renovación del Poder Judicial sin que haya concluido la propia reforma. Me lo acaban de preguntar aquí: esta reforma todavía tiene discusión hoy en día en la Cámara de Diputados y estará publicándose posteriormente. Pero eso sí, como tenía prisa, el Senado de la República se adelantó a hacer un bochornoso espectáculo sin ninguna base legal, más allá de un acuerdo de la mesa directiva”.

Clemente Castañeda Hoelfich, coordinador de Movimiento Ciudadano en el Senado

¿En qué consiste la reforma al PJF?

La iniciativa propone que los integrantes del PJF y de los estados sean elegidos mediante procesos “libres, auténticos y periódicos”.

Se define que a las personas juzgadoras, como ministras, magistradas y juezas, las elegirán por mayoría relativa y voto directo de la ciudadanía.

El Instituto Nacional Electoral (INE) garantizará la celebración pacífica y periódica de estos procesos, en los que se renovarán las posiciones del Poder Judicial tanto a nivel federal como local.

Nuevo esquema para la elección de jueces y magistrados

La reforma añade un “Libro Noveno” a la ley, donde se detalla la integración del Poder Judicial de la Federación (PJF) y de las entidades federativas.

En este esquema, las personas ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistradas de la Sala Superior y salas regionales del Tribunal Electoral, así como otros órganos judiciales, se elegirán por voto directo.

La elección ordinaria se llevará a cabo el primer domingo de junio del año que corresponda, de manera concurrente con los procesos electorales en los que se renueven las cámaras del Congreso de la Unión.

La responsabilidad del INE y los organismos locales

El INE y los Organismos Públicos locales serán responsables de organizar los procesos electivos, desde la jornada electoral hasta el cómputo y publicación de resultados.

Las elecciones de ministros y magistrados a nivel nacional deberán gestionarse por estas instancias, mientras que los jueces y magistrados locales se elegirán conforme a las disposiciones de las leyes estatales.

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Este proceso incluye la convocatoria de candidaturas, la jornada de votación, el cómputo de resultados y la entrega de constancias de mayoría y validez a los ganadores.