Los días festivos, feriados o de descanso obligatorio, son un tema de mucho interés para los trabajadores, ya que significan una oportunidad para descansar de las actividades diarias, pero también porque algunos de esos días, si es que se trabajan, son recompensados con un pago extra. A continuación, en Unotv.com te decimos cuáles son todos los días descanso obligatorio, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT).
¿Cuáles son los días de descanso obligatorios de 2022?
- El 1 de enero, por Año nuevo (sábado)
- El 7 de febrero (se establece el día de descanso obligatorio el primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero, aniversario de la Constitución)
- El 21 de marzo en conmemoración del natalicio de Benito Juárez (lunes)
- El 1 de mayo, en conmemoración del día del Trabajo (en 2022, cae en domingo)
- El 16 de septiembre, por la Independencia de México (cae viernes)
- El 21 de noviembre (se establece el día de descanso obligatorio el día el tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre)
- El 25 de diciembre, por Navidad (en 2022, cae en domingo)
Los días festivos o feriados son de descanso obligatorio, por lo que es un día no laboral en muchas empresas. De acuerdo con el artículo 74 de la LFT, estos son los días que son considerados no laborales.
1 de enero
El primer día de cada año es un día no laboral, por lo que los trabajadores tienen el derecho a descansar luego de las celebraciones de Fin de Año. Este 2022, el 1 de enero, cayó en sábado, por lo que muchas personas que trabajaban ese día pudieron disfrutar su fin de semana completo.
7 de febrero (por el 5 de febrero)
La Ley Federal del Trabajo dice que es día de descanso obligatorio el primer lunes de febrero, que en este 2022 corresponde al 7 de febrero, en conmemoración del 5 de febrero, fecha en la que se conmemora el Día de la Constitución Mexicana, que se promulgó en 1917.
Este 2022, este día cayó en lunes, lo que significó un fin de semana largo; el primero del segundo mes del año.
21 de marzo
El 21 de marzo de este 2022 también fue lunes y se otorga como un día feriado por la conmemoración del Natalicio de Benito Juárez, que fue presidente de la República Mexicana de 1867 a 1872. Al caer éste en lunes, muchas personas y estudiantes pudieron tomarse un fin de semana largo.
1 de mayo
El 1 de mayo este 2022 cae en domingo; esta fecha se conmemora el Día del Trabajo. Muchos se preguntan si el 1 de mayo se pasa al lunes, pero la respuesta es no, por lo que este año no habrá puente, pues cae en domingo.
Las personas que trabajen ese día tendrán derecho a que se les pague, “independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”, indica la LFT.
16 de septiembre
El 16 de septiembre es un día festivo que este año cae en viernes, por lo que trabajadores y estudiantes podrán tener un fin de semana largo en a tercera semana de ese mes. Esa fecha se considera de descanso obligatorio por la conmemoración del Inicio de la Independencia de México.
21 de noviembre (por el 20 de noviembre)
Es un día no laboral por la conmemoración de la Revolución Mexicana, que se conmemora el 20 de noviembre, pero que su descanso se recorre al lunes de 21 de noviembre. Por lo general, en los días de descanso obligatorios o feriados no hay actividades en bancos, instituciones gubernamentales y en varias empresas o fábricas.
25 de diciembre
Es el último día feriado del año. Este 2022 el 25 de diciembre caerá en domingo.
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La Ley Federal del Trabajo indica que los trabajadores que laboren en días de descanso obligatorios, como los antes mencionados, tendrán derecho a que se les pague, “independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble”.
- Es decir, tendrán derecho a que se les pague un salario doble por el servicio prestado.
Adicional, si de acuerdo al calendario, el día de descanso obligatorio llegara a coincidir con el día de descanso semanal, es decir, el día domingo, “los trabajadores deberán recibir el pago de la prima dominical, que marca el artículo 71, de la Ley Federal del Trabajo”, el cual señala:
“Las y los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo”.