Congreso no incurrió en falta: concluye Corte análisis de acción de inconstitucionalidad sobre Revocación de Mandato

El ejercicio de Revocación de Mandato se realizará. Foto: Cuartoscuro / Archivo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó el análisis de la acción de inconstitucionalidad 151/2021, promovida por diversos diputados, en contra de la Ley Federal de Revocación de Mandato.

  • El ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, destacó que en la revisión de este tema se logró dar certeza a asuntos importantes como la participación de los partidos políticos frente al ejercicio de la consulta de Revocación de Mandato.

“Se logró invalidar por una votación muy contundente, la participación de los partidos políticos en la promoción de la Revocación de Mandato y se reconoció la participación de los partidos políticos en las mesas de casilla”.

En esta última sesión, los ministros determinaron que el Congreso de la Unión no incurrió en una omisión legislativa al no asignar recursos al Instituto Nacional Electoral (INE) para ser destinados específicamente a la realización de la consulta de Revocación de Mandato.

“No incurren en una deficiente regulación y mucho menos en una omisión legislativa, ya que no existe obligación constitucional para que en esta ley se determinen los recursos presupuestales que deben ministrarse al INE para la realización del proceso de Revocación, y menos aún que en ella se establezcan partidas presupuestales precisas para tal fin”, explicó la ministra Yasmín Esquivel Mossa.

El ministro Alberto Pérez Dayán advirtió que la suficiencia presupuestal deberá estar garantizada para futuros ejercicios de Revocación de Mandato, o de lo contrario este instrumento podría quedar condicionado por la voluntad política en turno.

  • Por otra parte, la SCJN determinó que el Congreso de la Unión sí incurrió en una omisión legislativa al no expedir un régimen de impugnación y de sanción específico para la Revocación de Mandato.

Por lo que ordenó al Poder Legislativo emitir dichos ordenamientos en el segundo periodo ordinario de sesiones del Congreso que inicia en septiembre y concluye el 15 de diciembre de 2022.

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