En medio de crecientes preocupaciones sobre la seguridad de las copas menstruales con registro sanitario en México, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) se encuentra bajo presión para dar a conocer las pruebas que respaldan la confianza de estos productos ampliamente utilizados.
La institución sanitaria deberá dar a conocer pruebas de citotoxicidad y todas las que acrediten la seguridad de la copa menstrual autorizada en el Registro Sanitario N. 0069C2021, instruyó también el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
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Debaten seguridad de las copas menstruales
La Comisionada Josefina Román Vergara, presentó el asunto ante el Pleno. Subrayó que este caso muestra la manera en que el derecho de acceso a la información pública ayuda a ganar la batalla a la desigualdad, propiciando la garantía del derecho a una menstruación digna.
La iniciativa permite saber si las copas menstruales son seguras para cualquier persona menstruante.
Román Vergara expuso que los productos menstruales son indispensables y su acceso debe ser universal. Sin embargo, muchos de ellos son desechables, costosos y, a largo plazo, generan condiciones que no son favorables al medio ambiente. En ese contexto, una alternativa es la copa menstrual, la cual es un dispositivo fabricado con silicona de grado médico y es reutilizable por varios años.
“Es obligación de la autoridad sanitaria dar a conocer las pruebas científicas que demuestren la seguridad y eficacia de las copas menstruales. Pues con ello, se impulsa la llamada justicia menstrual, en tanto que se propicia la diversificación de los productos que puede utilizar este segmento de la población”.
Josefina Román Vergara, Comisionada del INAI
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Cofepris debe compartir pruebas de la seguridad
La persona que solicitó la información presentó un recurso de revisión ante el INAI. Manifestó su inconformidad con la respuesta de la Cofepris, que proporcionó 13 fojas relacionadas con el registro sanitario en cuestión. El documento sólo tenía datos de carácter administrativo.
Asimismo, al analizar el caso, la ponencia de la Comisionada Josefina Román Vergara advirtió que, de acuerdo con el artículo 179 del Reglamento de Insumos para la Salud, para la obtención de un registro sanitario es necesario proporcionar la información científica y técnica para demostrar que el insumo reúne las características de seguridad y eficacia.
Por lo anterior, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la Cofepris. La institución de acceso a la información le instruyó realizar una nueva búsqueda exhaustiva para entregar a la persona solicitante. Además, en el documento deberán estar las pruebas de citotoxicidad y todas las que acrediten la seguridad de la copa menstrual autorizada en el Registro Sanitario N. 0069C2021.