La Cámara de Diputados avaló el proyecto de reformas a la Ley Federal del Trabajo para reconocer y regular el trabajo desde casa, también conocido como teletrabajo, siguiendo el ejemplo de otros países como España que ya han fijado las reglas legales para el llamado home office.
¿Qué es el home office?
Se conoce como trabajo a distancia u home office a la actividad que se ejecuta para un patrón, pero desde el domicilio del trabajador o un local elegido por él, sin vigilancia ni dirección inmediata de quien proporciona el trabajo.
El proyecto fue avalado con 440 votos a favor y dos en contra y define el teletrabajo u home office como el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento por el patrón.
En ese sentido, no se requiere la presencia física del trabajador, sino se desarrolla utilizando las tecnologías de la información y comunicación.
Las reformas y adiciones al artículo 311 y al capítulo XII bis de la Ley Federal de Trabajo fueron devueltas con modificaciones al Senado de la República.
¿A qué estarían obligados los patrones con este proyecto?
Entre otros aspectos, el proyecto prevé la obligación patronal de aportar los medios, recursos y herramientas necesarias para cumplir con el trabajo, por ejemplo:
- Equipo de cómputo
- Sillas ergonómicas
- Impresora
De igual forma es responsabilidad del patrón recibir oportunamente el trabajo y pagar los salarios en la forma y fechas estipuladas.
¿Patrones pagarían internet y luz?
De acuerdo con la minuta aprobada por los diputados, los patrones podrían asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de home office, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad.
¿Qué obligaciones tendrían que cumplir los trabajadores con el home office?
Asimismo, establece obligaciones especiales para los trabajadores en la modalidad de home office entre ellas:
- El cuidado, guarda y conservación de los insumos proporcionados para realizar sus labores
- Respeto a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo
- La protección de datos utilizados en el desempeño de sus actividades
¿Cómo se regulará el teletrabajo en México?
Tiene que ser voluntario tanto para el trabajador como para las empresas y se debe contemplar la posibilidad de que sea reversible. El trabajador debe tener la garantía de que su puesto de trabajo presencial estará disponible cuando le sea posible regresar al centro de trabajo.
En principio debe haber un contrato por escrito en el que haya datos generales de trabajador y patrón, naturaleza del trabajo, monto del salario y modo de pago.
Se debe especificar el equipo e insumos de trabajo, descripción y costo mensual por el servicio de Internet, duración de la jornada laboral, con descanso para tomar alimentos, mecanismos de comunicación y supervisión que utilizarán las partes.
El patrón debe tener claro que debe proporcionar, instalar y dar mantenimiento a los equipos (cómputo) necesarios, sillas, impresoras, asumir el pago de servicios y parte proporcional de electricidad y respetar el derecho a desconectarse a fin de evitar el Síndrome de Burnout, una de las consecuencias negativas que han vivido quienes por la pandemia tuvieron que migrar al home office.
Los trabajadores están obligados a guardar y conservar equipos, atender las políticas y protección de la información de la empresa; asimismo, es posible el cambio de modalidad ya sea presencial o teletrabajo y siempre será voluntario.