“No vamos a estar bolseando a la gente”: AMLO; revisará norma de revisión vehicular

El presidente Andrés Manuel López Obrador se comprometió a revisar la entrada en vigor de la NOM-236-SE-2021, la cual está enfocada en una nueva revisión vehicular, independiente a la verificación vehicular, sobre las condiciones físico-mecánicas.

Durante su conferencia de prensa matutina, el mandatario federal indicó que no tenía conocimiento de dicha norma llamada “Condiciones físico-mecánicas de los vehículos con peso bruto vehicular que no exceda 3,857 kg”.

“Se va a revisar, no vamos a estar bolseando a la gente y ésa era la mentalidad y no se ha erradicado, pero son procesos de cambio, de transición”.

Andrés Manuel López Obrador, presidente de México

“Hay decisiones que toman las Secretarías y no se consultan. Ahora estamos procurando que todo lo que perjudique la economía popular, se consulte”, indicó el presidente López Obrador.

La norma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y su entrada en vigor será en el mes de noviembre de 2022.

¿En qué consiste la nueva revisión vehicular?

De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación, los automóviles que tendrán que someterse a estas condiciones son aquellos que no superen las 3.8 toneladas, donde se incluye a los vehículos nuevos, y que no tienen más de mil kilómetros recorridos.

La nueva norma de verificación vehicular señala que se tomarán diferentes elementos, como parabrisas, ventanas, cofres, puertas, chasis, carrocería, espejos, asientos, cinturones de seguridad, luces, faros, entre otros.

¿Quiénes estarán obligados?

Los vehículos que cuenten con los siguientes elementos se someterán a inspección técnica:

  1. Vehículos de transporte particular: cuatro años posteriores a la fecha de su comercialización como vehículo nuevo, y a partir de entonces, cada dos años hasta el noveno año
  2. Vehículos de transporte particular de 10 o más años posteriores a la fecha de su comercialización como vehículo nuevo: cada año
  3. Vehículos de uso intensivo: un año después de la fecha de su comercialización como vehículo nuevo, y a partir de entonces, cada año

¿Cuáles autos quedan excluidos?

De acuerdo con el DOF, quedarán excluidos aquellos vehículos con un peso bruto vehicular de diseño menor a 400 kg, a los empleados en labores agrícolas, a los automóviles orientados para utilizarse en terreno montañoso o desértico, así como en zonas de playas y vías férreas.

Quedan excluidos también los vehículos matriculados como autos antiguos, los vehículos asociados a maquinaria dedicada para las industrias de la construcción y la minería.

Otros vehículos excluidos son aquellos destinados exclusivamente a circular en vías confinadas como pistas de carreras, aeropuertos, pistas de go-karts, u otro campo de transporte similar.

Así te informamos sobre la nueva inspección vehicular:

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