Tabasco regresa a semáforo amarillo epidemiológico a partir de este lunes, esto luego de un comunicado de la Secretaría de Salud estatal dado a conocer este domingo por la noche, en el que informaba que el estado transitó a esta fase debido al acelerado repunte de contagios de COVID-19.
Ante esta situación, la dependencia dio a conocer que se determinaron “acciones extraordinarias de inmediata ejecución”, entre las que se consideran restricciones de horarios y aforos en establecimientos esenciales y no esenciales.
Cabe destacar que las medidas forman parte del decreto publicado la noche de este domingo en el Periódico Oficial del Estado, en el que también se incluyeron medidas de protección a la salud que obligatoriamente deberán acatarse tanto en establecimientos como en espacios públicos.
Tabasco regresa a semáforo amarillo, ¿qué medidas se aplicarán desde este lunes?
Estos lineamientos de seguridad sanitaria en el estado se extienden además a las personas que, a partir de este 17 de enero, deambulen o permanezcan en lugares o vías públicas, o acudan a los establecimientos que se encuentran operando, mismos que marcan el uso correcto y obligatorio de cubrebocas o caretas.
“Instruye también a la Secretaría de Finanzas para que, en el ámbito de su competencia, emita las disposiciones relativas al ajuste de horarios para la venta, consumo y distribución de bebidas alcohólicas, en tanto que la Secretaría de Movilidad hará lo propio en el sector transporte, cuyos choferes deberán cumplir como primera medida el uso correcto y obligatorio del cubrebocas”
Resaltó el Gobierno de Tabasco en su comunicado
¿Cuáles son los aforos con semáforo amarillo en Tabasco?
Por otro lado, los establecimientos cuyos giros y actividades son considerados como esenciales continuarán operando con las medidas generales y específicas de higiene y seguridad establecidas en el Plan para la Transición Gradual hacia una Nueva Normalidad y la Reactivación Económica del Estado.
Aunque tendrán que reducir su aforo al 50% de su capacidad, siempre que se garantice la sana distancia, en sus horarios habituales de apertura y hasta las 21:00 horas.
La disposición incluye a los establecimientos de abasto y suministro de alimentos y artículos de primera necesidad, como abarroteras, supermercados, tiendas de autoservicio, tiendas de conveniencia, tiendas de abarrotes, central de abasto, mercados, tortillerías, panaderías y ventas de mayoreo de envases, empaques e insumos para el sector alimenticio (servicio a domicilio).
Mientras que restaurantes, cocinas económicas, fondas y empresas que elaboran alimentos podrán operar al 50% de su capacidad de atención, con un máximo de 10 comensales por mesa, de lunes a domingos en sus horarios habituales de apertura y hasta las 22:00 horas. “Después de este horario, no podrán realizar ningún tipo de venta”, advierte el comunicado del Gobierno estatal.
En lo relativo a los hoteles y moteles, éstos tendrán un límite de ocupación de hasta 75%, pero las áreas comunes, sólo podrán funcionar con aforo reducido al 50%.
Los establecimientos cuyos giros y actividades no son esenciales, incluyendo plazas y centros comerciales, sólo podrán operar al 50% de lunes a domingo, en sus horarios habituales de apertura y hasta las 21:00 horas.
Esta restricción extiende a:
- Museos
- Sitios turísticos y zonas arqueológicas
- Albercas recreativas
- Casinos
- Bares
- Centros nocturnos y de espectáculos
- Circos y espectáculos de carpa
- Centros religiosos, aunque estos últimos solo podrán estar abiertos hasta las 20:00 horas
Cines y teatros, estos podrán funcionar al 50% de su capacidad, de lunes a domingo, en sus horarios habituales de apertura y hasta las 22:00 horas, pero programando sus funciones de forma escalonada.
Gimnasios, clubes de recreación, canchas, centros, clubes y unidades deportivas, así como zoológicos, jardines, parques y plazas públicas tendrán la autorización de abrir al 50% de su ocupación en espacios cerrados, y al 75% en espacios abiertos, de lunes a domingo, en horarios habituales de apertura y hasta las 21:00 horas.
“La nueva norma permitirá el funcionamiento de salones y recintos destinados a la realización de fiestas o eventos, incluyendo los que se encuentran ubicados dentro de los hoteles, los cuales podrán operar –previa validación de sus protocolos por parte de la Secretaría de Salud– al 50%. No obstante, se deberá notificar la celebración del evento a la Secretaría de Salud por lo menos con tres días de anticipación”
Destacó el Gobierno de Tabasco
Finalmente, el decreto en la entidad ordena a todos los establecimientos que permanezcan abiertos la instalación de filtros sanitarios, la desinfección de constante de superficies durante la jornada de trabajo, lo que incluye carritos o equipos que se utilizan para realizar las compras o prestar servicios, la higiene periódica de manos, y velar por la sana distancia.
Al mismo tiempo recomienda realizar preferentemente cobros mediante tarjetas bancarios, evitando en la medida de lo posible el uso de dinero en efectivo.